Con fecha 28 de febrero de 2001, la Dirección
General de Carreteras, ha resuelto aprobar el
mencionado proyecto de trazado. Tal resolución ordena
a la Demarcación de Carreteras del Estado la
incoación del expediente de expropiación de los bienes
y derechos necesarios para la ejecución de las obras.
La aprobación de dicho proyecto de trazado, que
implica la necesidad de ocupación de los bienes
y derechos afectados por la expropiación, según
dispone el artículo 8 de la Ley de Carreteras, ha sido
precedida por el Real Decreto de adjudicación
1834/2000, de 3 de noviembre, cuya aprobación
lleva implícita la declaración de utilidad pública
conforme a lo dispuesto en el artículo 16.1 de la Ley
8/1972, de 10 de mayo, de Construcción,
Conservación y Explotación de Autopista en Régimen de
Concesión.
La ocupación de los bienes y derechos afectados
por las expropiaciones a que dan lugar la ejecución
de las obras incluidas en el mencionado proyecto
de trazado, está declarada de urgencia conforme
el apartado cuarto del artículo 16 de la citada Ley
8/1972, de 10 de mayo, a cuyo régimen jurídico
remite la Orden del Ministerio de Fomento de 10
de febrero de 2000, por la que se aprueba el pliego
de cláusulas administrativas particulares para el
concurso, por procedimiento abierto, de la concesión
para la construcción, conservación y explotación
del tramo de la obra referido en el presente anuncio.
En consecuencia, y habiéndose cumplido
previamente las disposiciones relativas al trámite de
información pública preceptiva en la aprobación de los
estudios y proyectos, conforme a lo establecido en
los artículos 32, 33 y 34 del Reglamento de
Carreteras, y habiendo sido del mismo modo aprobado
definitivamente el precitado proyecto que
comprende la descripción material de los bienes y derechos
afectados, esta Jefatura de Demarcación de
Carreteras somete a la información pública la relación
de bienes y derechos comprendida en el citado
proyecto de trazado según lo contemplado en los
artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley de Expropiación
Forzosa, para conocimiento general y determinación
de los interesados, de tal forma que durante el plazo
de quince días, cualquier persona pueda formular
ante la Demarcación de Carreteras del Estado en
Madrid, las solicitudes debidamente documentadas
sobre las correcciones que estimen convenientes.
A tal efecto, los planos parcelarios y demás
documentación, podrán consultarse por quienes los
soliciten en los Ayuntamientos respectivos, en la
Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid
(calle Josefa Valcárcel, número 11) y en las oficinas
de la sociedad concesionaria, situadas en la séptima
plana del número 27 de la calle Golfo de Salónica
de Madrid, que ostenta la condición de beneficiaria
de la expropiación en los términos que establece
el artículo 5 del Reglamento de Expropiación
Forzosa.
Madrid, 1 de marzo de 2001.-El Ingeniero Jefe,
José Ramón Paramio Fernández.-10.196.
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