1. Entidad adjudicadora: Diputación Provincial
de Zaragoza.
2. Objeto del contrato: Servicios
complementarios al funcionamiento de los órganos de gestión
tributaria, inspectora y recaudatoria de la Diputación
Provincial de Zaragoza, consistente en la realización
de trabajos de colaboración a la gestión tributaria
censal y apoyo a la inspección recaudatoria, que
no impliquen ejercicios de autoridad ni custodia
de fondos públicos en orden a la cobranza de los
derechos y certificaciones de los tributos, precios
públicos y demás ingresos de derecho público
gestionados por la Direción Provincial de Zaragoza,
derivados de las delegaciones de los Ayuntamientos.
3. Procedimiento y forma de adjudicación:
Concurso abierto.
4. Presupuesto de contrata: Aproximado de
145.000.000 de pesetas anuales, IVA incluido.
5. Anuncio de licitación: "Boletín Oficial del
Estado" número 261, de 31 de octubre de 2000.
6. Fecha de adjudicación: Acuerdo plenario de
21 de diciembre de 2000.
7. Empresa adjudicataria: "Gestión Tributaria
Territorial, Sociedad Anónima".
8. Importe de adjudicación: Retribuciones
ordinarias: 4,2 por 100 del principal de todos los cobros
en período voluntario, 49,7 por 100 del recargo
aplicable en los cobros realizados en período
ejecutivo.
Retribuciones extraordinarias, de conformidad
con lo establecido en el apartado 13.2 del P.P.T.
Actuaciones de colaboración y asistencia en la
gestión tributaria e inspectora:
a).1. Por la prestación del servicio de
colaboración en la gestión catastral: 10 por 100 de la
cuota tributaria liquidable, con un mínimo de 5.000
pesetas por unidad urbana en los expedientes de
alteraciones físicas y económicas que se tramiten
en el ámbito del convenio de colaboración entre
la Diputación Provincial y la Dirección General del
Catastro.
a).2. Por el resto de actuaciones de colaboración
en la gestión censal y tributaria, informes, generación
de liquidaciones, etc.: Sin cargo alguno.
b) Por cada actuación de asistencia que origine
la incoación de un acta de inspección por la
Diputación Provincial y la correspondiente regularización
de la deuda tributaria: El 10 por 100 de la deuda
tributaria liquidada.
Zaragoza, 22 de enero de 2001.-El Presidente,
Javier Lamban Montañés.-&7.441.
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