Contido non dispoñible en galego
La Presidenta del Fondo Español de Garantía
Agraria (FEGA), para dar cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, hace público:
Primero.-Que mediante Resolución de 6 de
noviembre de 2000 (expediente 3-583/2000) se
estimó parcialmente el recurso de reposición
interpuesto por "Productos Lácteos de Cantabria, Sociedad
Limitada", contra la liquidación número 216, del
período 1998-1999, de tasa suplementaria en el
sector de la leche y de los productos lácteos, cuyo
importe quedó fijado en 85.126 pesetas, resultando
a devolver la cantidad de 32.136 pesetas, más 1.816
pesetas de intereses de demora.
Segundo.-Contra la citada Resolución puede
interponerse reclamación económico-administrativa
ante el Tribunal Económico-Administrativo Central,
en el plazo de quince días hábiles, a contar desde
el siguiente al de la notificación, o potestativamente
y en el mismo plazo, recurso de reposición ante
la Presidenta del FEGA.
Lo que se hace público en sustitución de la
notificación directa al interesado, quien podrá dirigirse
a las oficinas del FEGA en Madrid, calle de
Beneficencia, número 8, para conocer el texto íntegro
del acto y demás documentos incorporados al
expediente.
Madrid, 9 de enero de 2001.-La Presidenta, Elena
de Mingo Bolde.-6.077.
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