Al no haberse podido practicar la notificación
personal a "Ángeles López Rodríguez", con número
de identificación fiscal 52.805.031-K; doña Adela
Prieto Mozón, con número de identificación fiscal
51.630.154-F; Moura Mohamen Ahmed, con
número de identificación fiscal 45.296.529-F; doña
Vanessa Rojas Peña, con número de identificación
fiscal 74.656.560-Q; doña Francisca Lara Canales,
número de identificación fiscal 26.224.790-Y; doña
Francisca García Mayoral, con número de
identificación fiscal 75.235.103-X, y don Francisco
Javier Polvorinos Gento, con número de
identificación fiscal 29.045.595-E, conforme dispone el
artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en
su redacción dada por la Ley 4/1999, a efectos
de notificación al interesado, y en aplicación de
lo dispuesto en el mismo artículo y en el segundo
párrafo del artículo 60.2 de la Ley 30/1992, debe
publicarse como encabezamiento y parte dispositiva
de las resoluciones el siguiente extracto:
La Directora general de Formación Profesional
y Promoción Educativa ha resuelto la estimación
de la solicitud de revocación interpuesta por doña
Ángeles López Rodríguez, por una cuantía total de
26.000 pesetas; doña Adela Prieto Mozón, por una
cuantía total de 298.000 pesetas; Moura Mohamen
Ahmed, por una cuantía total de 261.000 pesetas;
doña Vanessa Rojas Peña, por una cuantía total
de exención de precios públicos por servicios
académicos (Tasas); doña Francisca Lara Canales, por
una cuantía total de 261.000 pesetas; doña Francisca
García Mayoral, por una cuantía total de 298.000
pesetas, y don Francisco Javier Polvorinos Gento,
por una cuantía total de 261.000 pesetas.
Todos ellos correspondientes a la convocatoria
de becas y ayudas al estudio para el curso
académicos 1997/98.
Los expedientes se encuentran a disposición de
los interesados en la Subdirección General de Becas
y Promoción Educativa (Servicio de Reclamaciones,
Verificación y Control, teléfono 91 408 20 00, calle
Torrelaguna, 58, 28027 Madrid).
Esta Resolución es definitiva en la vía
administrativa y contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el
artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley
Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha
de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 26 de enero de 2001.-El Director general
de Cooperación Territorial y Alta Inspección, Juan
Ángel España Talón.-5.752.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid