En la sesión celebrada por el Consejo de
Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz
de Tenerife, en fecha 3 de agosto de 1999, se acordó
adjudicar, una vez aceptadas las condiciones, a la
entidad "Club Náutico de Santa Cruz de Tenerife",
concesión administrativa para la construcción de
un edificio subterráneo de aparcamientos en la
avenida Francisco La Roche, dentro de la zona de
servicio del Puerto de Santa Cruz de Tenerife, con
un canon anual por ocupación de superficie de un
millón cuatrocientas setenta y tres mil ochocientas
noventa y cinco (1.473.895) pesetas.
Esta concesión se otorga hasta el día 31 de
diciembre de 2022.
Contra la presente Resolución, que pone fin a
la vía administrativa, podrán interponer, con
carácter potestativo, bien recurso de reposición ante el
Consejo de Administración de esta Autoridad
Portuaria en el plazo de un mes, contado a partir del
siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial
del Estado", de conformidad con lo prevenido en
el artículo 116 de la Ley 4/1999, de modificación
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso
contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias, en el término de
dos meses, contados a partir de la notificación del
presente acuerdo, de conformidad con lo establecido
en el artículo 10.1.i), en relación con el
artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Interpuesto el recurso de reposición no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que sea resuelto expresamente o se haya producido
la desestimación presunta.
Santa Cruz de Tenerife, 23 de enero de 2001.-El
Presidente, Luis Suárez Trenor.-5.050.
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