Por resolución de fecha 30 de abril de 1999, del
Director general de Obras Públicas, se aprobó
provisionalmente el proyecto básico "41-V-1382 (2).
Variantes de Vilamarxant y Benaguassil, y conexión
de la CV-50 con la autovía de Lliria.
En el "Boletín Oficial del Estado" número 161,
de fecha 7 de julio de 1999, y en el "Diario Oficial
de la Generalidad Valenciana" número 3.538, de
fecha 14 de julio de 1999, se publicaron los anuncios
en virtud de los cuales se abría el trámite de
información pública a los efectos de lo dispuesto en
la legislación vigente.
Habiendo dictado en fecha 15 de noviembre
de 2000, la Directora general de Planificación y
Gestión del Medio la Declaración de Impacto
Ambiental del proyecto de referencia.
En virtud de las atribuciones asignadas por el
Decreto 85/1999, de 30 de julio, del Gobierno
Valenciano, por el que se aprueba el reglamento
orgánico y funcional de la Consellería de Obras
Públicas, Urbanismo y Transportes ("Diario Oficial
de la Generalidad Valenciana" número 3.551), a
la vista del informe emitido por la División de
Carreteras, con los efectos señalados en el artículo 22
de la Ley 6/1991, de la Generalidad Valenciana,
de 27 de marzo, de Carreteras, de la Comunidad
Valenciana, y del Real Decreto Legislativo 2/2000,
de 16 de junio, de Contratos de las Administraciones
Públicas, así como por delegación de la Orden del
Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y
Transportes, de 8 de abril de 1998 ("Diario Oficial de
la Generalidad Valenciana" número 3.229),
resuelvo:
Primero.-Aprobar definitivamente el proyecto
básico 41-V-1382 (2). Variantes de Vilamarxant y
Benaguassil, y conexión de la CV-50 con la autovía
de Lliria, en el tramo comprendido entre los puntos
kilométricos 5,700 y 14,500. El resto del trazado,
entre los puntos kilométricos 0,000 y 5,700, se
desarrollará en otro proyecto básico que incluya
el itinerario completo entre el punto kilométrico
5,700 y el enlace de la carretera CV-50 con la A-3.
Segundo.-Visto lo dispuesto en el artículo 20 y
siguientes de la Ley 6/1991, de 27 de marzo, de
Carreteras, de la Generalidad Valenciana, razones
de interés público aconsejan la publicación de esta
resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la presente resolución, que agota la vía
administrativa, podrá interponerse, con carácter
potestativo, recurso de reposición ante el Director
general de Obras Públicas en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente al de su publicación,
en virtud de lo dispuesto en los artículos 116 y
117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en la
redacción dada a los mismos por la Ley 4/19993,
de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"
número 12, de 14 de enero).
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior,
la presente resolución podrá ser impugnada
directamente ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Valencia, mediante la
interposición del correspondiente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la publicación de la
misma o, en su caso, de la resolución expresa del
recurso potestativo de reposición, de conformidad
con lo establecido en el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar,
en su caso, cualquier otro recurso que estime
procedente.
Valencia, 10 de enero de 2001.-El Director
general de Obras Públicas, Pedro Marco Segura.-&4.292.
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