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Documento BOE-B-2001-313048

Resolución del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales sobre el expediente 67/2001, "Empresa Metrovideo, Sociedad Anónima", de Pozuelo de Alarcón (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 31 de diciembre de 2001, páginas 13777 a 13777 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2001-313048

TEXTO

Notificación a la empresa "Metrovideo, Sociedad

Anónima", de Pozuelo de Alarcón (Madrid), de la

Resolución de 26 de noviembre de 2001, recaída

en el expediente sancionador número 67/010, por

infracción de la normativa que regula la actividad

de exhibición cinematográfica.

Habiéndose intentado, sin efecto, la notificación

ordinaria a la empresa, se le comunica que por

el ilustrísimo señor Director general de este Instituto

se ha dictado Resolución, de fecha 26 de noviembre

de 2001, por la que se resuelve el expediente

sancionador 67/01 instruido contra la empresa

expedientada, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

"Visto el expediente y la propuesta anterior, este

Instituto ha resuelto imponer a la empresa

"Metrovideo, Sociedad Anónima", de Pozuelo de

Alarcón (Madrid), la sanción de multa de dos mil ciento

tres (2.103) euros, equivalente a trescientas

cincuenta mil (350.000) pesetas."

Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos

previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, significando que

el texto íntegro de la citada Resolución se encuentra

archivado en la Secretaría General de este

organismo, plaza del Rey, número 1, en Madrid. Esta

Resolución es definitiva en la vía administrativa,

de acuerdo con lo establecido en la disposición

adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de

abril, de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado (LOFAGE), y

contra la misma cabe interponer recurso

contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de

lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo

establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13

de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar

desde el día siguiente a la fecha de la notificación

de la presente Resolución, de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 11 de diciembre de 2001.-La Secretaria

general, Milagros Mendoza Andrade.-&61.955.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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