Se comunica a los partícipes de este fondo, que
se va a proceder a la modificación de la base de
cálculo de la comisión que percibe la entidad
depositaria por el desempeño de sus funciones que, hasta
ahora, era el patrimonio nominal y pasa a ser el
patrimonio efectivo custodiado, sin que varíe el tipo
aplicado, que sigue siendo el 0,15 por 100 anual
y todo ello de conformidad con lo dispuesto en
el Real Decreto 91/2001, de 2 de febrero.
Esta modificación confiere a los partícipes del
fondo el derecho de separación establecido en el
artículo 35.2 del Real Decreto 1393/1990, pudiendo
optar, en el plazo de un mes, desde la publicación
del anuncio en el "Boletín Oficial del Estado" o
desde la fecha de comunicación individual a los
partícipes, si ésta fuera posterior, por el reembolso
de sus participaciones sin deducción de comisiones
de reembolso ni gasto alguno, por el valor liquidativo
que corresponda a la fecha de inscripción en los
registros de la CNMV del referido cambio.
Madrid, 18 de diciembre de 2001.-La sociedad
gestora.-62.217.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid