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Documento BOE-B-2001-298102

Notificación de 28 de septiembre de 2001, de Resolución de 27 de septiembre de 2001, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se concede la aprobación de modelo del cinemómetro estático destinado a medir la velocidad de vehículos a motor, marca "Lasercam", modelo NT, fabricado en Australia por la entidad "Poltech International, Ltd.", e importado por la empresa "Etel 88, Sociedad Anónima", con registro de control metrológico número 16-I-024.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 13 de diciembre de 2001, páginas 13233 a 13233 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-B-2001-298102

TEXTO

Con fecha 27 de septiembre de 2001, el ilustrísimo

señor Director General de Industria, Energía y

Minas ha dispuesto lo que sigue:

"Vista la petición interesada por don José Luis

Folch Cantón, en nombre y representación de la

entidad "Etel 88, Sociedad Anónima", con domicilio

social en la calle Francisca Moreno, 1, escalera

derecha, sexto, derecha, 28001 Madrid, en solicitud de

aprobación de modelo para cinemómetro estadistico

destinado a medir la velocidad de vehículos a motor,

marca "Lasercam", modelo NT;

Vista la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de

Metrología, el Real Decreto 1616/1985, de 11 de

septiembre, por el que se establece el control

metrológico que realiza la Administración del Estado, así

como la Orden de 11 de febrero de 1994, por la

que se regulan los cinemómetros destinados a medir

la velocidad de vehículos a motor;

Resultando que dicha entidad ha presentado la

documentación exigida en la normativa antes citada;

Considerando el certificado favorable emitido por

el Centro Español de Metrología, con referencia

CEM-CY-01/0079-7.2;

Considerando que en la documentación

presentada se acredita que cumple con las exigencias

generales establecidas en la citada Orden de 11 de febrero

de 1994;

Considerando que en la tramitación del

expediente se han cumplimentado todos los trámites

reglamentarios,

De conformidad con la Ley Orgánica 3/1983,

de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto

de Autonomía de la Comunidad de Madrid,

modificado por las Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de

marzo, y 5/1998, de 7 de julio, así como el

Decreto 312/1999, de 28 de octubre, de estructura de

la Consejería de Economía e Innovación

Tecnológica, por el que se atribuye a esta Dirección

General el ejercicio de las competencias sobre esta

materia;

Esta Dirección General de Industria, Energía y

Minas, en uso de sus atribuciones, resuelve:

Primero.-Conceder aprobación de modelo del

cinemómetro estático destinado a medir la velocidad

de vehículos a motor, marca "Lasercam", modelo

NT, a favor de la entidad "Etel 88, Sociedad

Anónima", inscrita en el Registro de Control

Metrológico con el número 16-I-024.

Segundo.-El signo de aprobación de modelo

asignado será:

... I-024.

... 16

... 01004.

Tercero.-Los instrumentos correspondientes a la

aprobación de modelo a que se refiere esta

Resolución llevarán, como mínimo, de manera visible

e indeleble, legible, en las condiciones normales de

instalación, una placa que contenga las siguientes

inscripciones:

Nombre y dirección del fabricante o su

representante.

Denominación del modelo del instrumento.

Número de serie.

Signo de aprobación de modelo.

Cuarto.-Para garantizar un correcto

funcionamiento de los instrumentos se procederá a su

precintado una vez realizada la verificación primitiva,

según se describe y representa en los planos

contenidos en el anexo al certificado de aprobación

de modelo.

Quinto.-Los instrumentos correspondientes a la

aprobación de modelo a que se refiere esta

Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos

contenidos en el anexo al certificado de aprobación

de modelo.

Sexto.-De conformidad con lo establecido en el

artículo 2 del Real Decreto 1616/1985, de 11 de

septiembre, la presenta aprobación de modelo tiene

validez hasta el próximo 1 de octubre del año 2004,

pudiendo ser prorrogada por períodos sucesivos, que

no podrán exceder cada uno de diez años, previa

solicitud presentada por el titular de la misma tres

meses antes de la fecha de vencimiento".

Contra esta Resolución, que no pone fin a la

vía administrativa, podrá interponer recurso de

alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente

a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el

excelentísimo señor Consejero de Economía e

Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid,

de conformidad con el artículo 114 de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común,

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva

redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 28 de septiembre de 2001.-El Jefe de

Servicio de Inspección e Infraestructura Industrial,

Rogelio Garrido Simón.-&60.961.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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