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Documento BOE-B-2001-298098

Resolución de la Generalitat de Catalunya, Departamento de Industria, Comercio y Turismo, Delegación Territorial de Lleida, de 31 de octubre de 2001, por la que se otorga a la empresa "Fecsa-Enher I, Sociedad Anónima", la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución para la construcción de la línea eléctrica a 25 kV a nueva estación transformadora PT número 23.859, "Tomás Tejero", en los términos municipales de Cervió de les Garrigues y La Pobla de Cérvoles (Garrigues). Número de expediente 00/00034348; referencia A-8496-RLT.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 13 de diciembre de 2001, páginas 13232 a 13232 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2001-298098

TEXTO

La empresa "Fecsa-Enher I, Sociedad Anónima",

con domicilio social en la avenida Parallel,

número 51, de Barcelona (Barcelonés), ha solicitado ante

la Delegación Territorial de Lérida del

Departamento de Industria, Comercio y Turismo la autorización

administrativa, la declaración en concreto de utilidad

pública y la aprobación del proyecto de ejecución

para la construcción de la nueva línea a 25 kV

al PT número 23.859, "Tomás Tejero", en los

términos municipales de Cervió de les Garrigues y

La Pobla de Cérvoles (Garrigues).

En cumplimiento de los trámites que establecen

el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de

noviembre, por el que se determinan los procedimientos

administrativos aplicables a las instalaciones

eléctricas, los Decretos 2617/1966, de 20 de octubre,

sobre las normas para el otorgamiento de

autorización administrativa en materia de instalaciones

eléctricas, y 2619/1966, también de 20 de octubre,

por el que se aprueba el Reglamento sobre

Expropiación y Sanciones en materia de Instalaciones

Eléctricas, de aplicación según la disposición

transitoria undécima del Real Decreto 1955/2000, de

1 de diciembre, por el que se regulan las actividades

de transporte, distribución, comercialización,

suministro y procedimientos de autorización de

instalaciones eléctricas, la solicitud mencionada ha sido

sometida a un período de información pública

mediante el anuncio publicado en el "Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña" número 3.241, de

9 de octubre de 2000, en el "Boletín Oficial del

Estado" número 251, de 19 de octubre de 2000,

y en el diario "La Mañana" de 22 de septiembre

de 2000.

Paralelamente al trámite de información pública,

considerando que la empresa "Fecsa-Enher I,

Sociedad Anónima", no ha podido llegar a un acuerdo

mutuo con uno de los afectados por esta instalación

eléctrica, en cumplimiento de lo que dispone el

artículo 16.2 del Decreto 2619/1966, de 20 de

octubre, por el que se aprueba el Reglamento de

Expropiación Forzosa y Sanciones en materia de

Instalaciones Eléctricas, se le ha notificado

individualmente para que pueda alegar la existencia de errores

y formular las alegaciones procedentes, de acuerdo

con lo que disponen los artículos 25 y 26 del

mencionado Decreto.

En el plazo otorgado no se han presentado escritos

de alegaciones.

De acuerdo con lo que prevén el artículo 13 del

Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, se solicitó

informe al Ayuntamiento de Cervió de Les

Garrigues, al Ayuntamiento de La Pobla de Cérvoles,

a Telefónica y a la Confederación Hidrográfica del

Ebro. El Ayuntamiento de La Pobla de Cérvoles

y Telefónica no se han manifestado, mientras que

el Ayuntamiento de Cervió de Les Garrigues queda

enterado de esta instalación, y la Agencia Catalana

del Agua (ACA) se manifiesta acerca de la

autorización que sobre esta instalación otorgó la

Confederación Hidrográfica del Ebro el 9 de diciembre

de 1999.

La ejecución de esta línea se considera necesaria

para poder atender la petición de un nuevo

suministro de energía eléctrica en baja tensión.

Cumplidos los trámites administrativos que

disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, y la

Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de Organización,

Procedimiento y Régimen Jurídico de la

Administración de la Generalidad de Cataluña, resuelvo:

Primero.-Autorizar a la empresa "Fecsa-Enher I,

Sociedad Anónima", la línea eléctrica aérea a 25

kV a nuevo PT número 23.859, "Tomás Tejero",

en los términos municipales de Cervió de Les

Garrigues y La Pobla de Cérvoles.

Segundo.-Declarar la utilidad pública de la

instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración

de utilidad pública lleva implícita la ocupación

urgente de los bienes y derechos afectados que se

sometieron a información pública en el anuncio

publicado en el "Diario Oficial de la Generalidad

de Cataluña" de 9 de octubre de 2000.

Tercero.-Aprobar el proyecto de ejecución con

las características técnicas siguientes: Un circuito

con tres conductores de Al-Ac, de 54,6 mm2 y

longitud 2,584 kilómetros, apoyos metálicos de celosía.

La línea tiene el origen en la nueva TM número 119

de la línea aérea a 25 kV a L'Albí, en el término

municipal de Cervió de Les Garrigues, y final en

el nuevo PT número 23.859, "Tomás Tejero", en

el término municipal de La Pobla de Cérvoles.

Presupuesto: 10.902.000. pesetas.

Esta resolución se dicta de acuerdo con lo que

dispone la normativa antes mencionada, y también

con el artículo 17 y el capítulo 4 del

Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre el régimen de

instalación, ampliación y traslado de industrias, y

sometida a las condiciones especiales siguientes:

Primero.-Las instalaciones se han de llevar a cabo

de acuerdo con el proyecto técnico presentado y

firmado por el Ingeniero técnico don Ricardo

Cabestre Peiret, visado con fecha 3 de agosto de 2000,

con el número 005038 por el Colegio de Ingenieros

Técnicos Industriales de Lérida, que ha servido de

base para la tramitación del expediente, con las

variaciones que, si procede, se soliciten y autoricen.

Segundo.-La construcción y el funcionamento de

esta instalación eléctrica se someten a lo que

establecen el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta

Tensión, aprobado por el Decreto 3151/1968, de

28 de noviembre; el Reglamento sobre Condiciones

Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales

Eléctricas, subestaciones y centros de

transformación, aprobado por el Real Decreto 3275/1982, de

12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas

complementarias, aprobadas por la Orden de 18 de

octubre de 1984; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de

seguridad de las instalaciones industriales, y el resto

de disposiciones de aplicación general.

Tercero.-La empresa titular será la responsable

del uso, la conservación y el mantenimiento de la

instalación, de acuerdo con las condiciones de

seguridad que requiere la normativa vigente.

Cuarto.-El plazo para la puesta en marcha de

la instalación autorizada será de dos años a contar

desde la fecha de publicación de esta Resolución

en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña".

Quinto.-La Delegación Territorial de Industria,

Comercio y Turismo de Lérida podrá hacer las

comprobaciones y las pruebas que considere necesarias

en relación con el cumplimiento de las condiciones

generales y especiales de esta Resolución.

Sexto.-Con esta finalidad, el titular de la

instalación comunicará al citado órgano administrativo

el inicio de las obras, las incidencias dignas de

mención durante su curso y su finalización. Junto con

la comunicación de la finalización de las obras se

adjuntará el certificado de dirección y finalización

de la instalación que acredite que éstas se ajustan

al proyecto aprobado, que se ha dado cumplimiento

a las normas y las disposiciones antes mencionadas

y, si procede, se adjuntarán las actas de las pruebas

realizadas.

Séptimo.-La Administración dejará sin efecto

esta autorización administrativa por las causas que

establecen el artículo 34 del Decreto 1775/1967,

de 22 de julio, y, en caso de incumplimiento, por

parte del titular de la instalación, de las condiciones

que se impongan.

En este supuesto, la Administración, con la

instrucción previa del expediente oportuno, acordará

la anulación de la autorización, con todas las

consecuencias de orden administrativo y civil que se

deriven según las disposiciones legales vigentes.

Octavo.-Esta autorización se otorga sin perjuicio

de terceros y es independiente de las autorizaciones

o licencias de competencia de otros organismos o

entidades públicas necesarias para hacer las obras

y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía

administrativa, se puede interponer recurso de alzada

ante el Director general de Energía y Minas (avenida

Diagonal, 514, segundo, 08006 Barcelona), en el

plazo de un mes, contado desde el día siguiente

de su publicación, de acuerdo con lo que dispone

el articulo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, según la redacción que hace la Ley 4/1999,

de 13 de enero.

Lleida, 31 de octubre de 2001.-La Delegada

territorial de Lérida, Divina Esteve Quintana.-&60.506.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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