En cumplimiento de la obligación legal contenida
en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, se publica la resolución de fecha 26
de febrero de 1999 sobre pagos indebidos en la
nómina de la Armada recaída en el expediente
98/6536/14B relativo a don Wenceslao Duarte
Mejías, con documento nacional de identidad
694.624, con último domicilio conocido en la calle
Sotillo, 46, 28043 Madrid.
Consta acreditado en el expediente que el
interesado causó baja en la Armada el día 9 de junio
de 1998 y, sin embargo, por error percibió las
retribuciones del mes completo, cuando sólo debía haber
percibido las correspondientes a los días 1 a 9 de
dicho mes, con la parte proporcional de paga extra.
Igualmente consta en el expediente notificado al
interesado el pago indebido en trámite de audiencia,
sin que en dicho trámite se hicieran alegaciones
por el interesado.
La percepción de cantidades indebidas constituye
un error administrativo material o de hecho, que
de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal
Supremo (STS de 13 de octubre de 1994) es
independiente de cualquier opinión, valoración o
interpretación jurídica, por lo que en este caso es aplicable
la facultad otorgada a las Administraciones Públicas
por el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 24
de noviembre, para rectificar sus errores materiales
o de hecho sin necesidad de acudir a los
procedimientos establecidos en los artículos 102 y 103
de la citada Ley 30/1992.
Por lo expuesto, el señor General de División
de Asuntos Económicos de la Armada, en virtud
de las competencias atribuidas en el punto 5 de
la Orden del Ministerio de Defensa 22/1991, por
la que se desarrolla la estructura del Cuartel General,
la Fuerza y el Apoyo a la Fuerza en la Armada
("Boletín Oficial del Estado" 69), y en el punto
cuarto de la Orden 4/1996, de 11 de enero, del
Ministro de Defensa ("Boletín Oficial del Estado"
16), ha resuelto anular la nómina correspondiente
al mes de junio de 1998, en lo que afecta al importe
y conceptos objeto de esta resolución, declarando
indebido el pago de ochenta y cuatro mil ciento
noventa y tres (84.193) pesetas, percibidas por don
Wenceslao Duarte Mejías, en la mencionada
nómina.
La presente resolución es definitiva en vía
administrativa y contra la misma puede interponer, si
a su derecho conviniere, recurso potestativo de
reposición ante la autoridad que dictó la resolución en
el plazo de un mes desde el día siguiente a su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado", o bien
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
Central de lo Contencioso-Administrativo, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 23 de noviembre de 2001.-El General
de División de Intendencia, Director de Asuntos
Económicos de la Armada.-59.004.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid