Con fecha 8 de noviembre de 2001, por el Consejo
de Gobierno de la Comunidad de Madrid, se dictó
Acuerdo, a los efectos previstos en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, por el que se declaran de urgente
ocupación los bienes y derechos afectados por las
obras del proyecto correspondiente al expediente
de referencia.
En cumplimiento y ejecución de la disposición
citada, y en uso de las atribuciones que me han
sido conferidas por las disposiciones vigentes,
resuelvo hacer pública la convocatoria a los propietarios
de los bienes y derechos afectados por las obras
del proyecto "Plan Director de Saneamiento y
Depuración del 100 por 100 de los municipios de la
Comunidad de Madrid, Cuenca del Alberche", en
el término municipal de Rozas de Puerto Real,
correspondiente al expediente expropiatorio número
536, para que en los días y horas establecidos
comparezcan en el Ayuntamiento de Rozas de Puerto
Real, al objeto de proceder al levantamiento de las
actas previas a la ocupación con traslado, en su
caso, a las fincas afectadas para la toma de datos
si fuera necesario.
Las operaciones podrán continuarse en días y
horas posteriores, si fuera preciso, bastando a tal
efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate
y con ocasión del levantamiento de la última acta
que se extienda, haciéndose saber públicamente a
los asistentes.
A dicho acto deberán asistir los afectados
personalmente o bien representados por persona
debidamente autorizada para actuar en su nombre,
aportando los documentos acreditativos de su titularidad,
último recibo de la contribución y certificado
catastral, pudiendo hacerse acompañar a su costa, si lo
estiman oportuno, de Perito y Notario.
Según lo dispuesto en el artículo 24 del referido
texto legal, durante el transcurso del acto se podrá
convenir, si procede, la adquisición de los bienes
y derechos afectados, por mutuo acuerdo. En caso
de que dicho convenio no pueda ser alcanzado,
transcurridos quince días, se seguirá el
procedimiento legalmente establecido al efecto.
Los interesados, así como las personas que siendo
titulares de derechos reales o intereses económicos
se hayan podido omitir en la relación, podrán
formular mediante escrito dirigido a la Consejería de
Medio Ambiente, Secretaría General Técnica, calle
Princesa, número 3, 28008 Madrid, y hasta el día
señalado para el levantamiento de actas previas,
cuantas alegaciones estimen oportunas, a los efectos
de subsanar los posibles errores que se hayan podido
producir al relacionar los bienes y derechos que
se afectan a tal fin, para lo cual tendrán a su
disposición los planos parcelarios correspondientes en
el Canal de Isabel II, División de Expropiaciones,
calle Santa Engracia, número 108, y en el
Ayuntamiento de Rozas de Puerto Real.
Asimismo, la presente publicación se hace a los
efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 12 de noviembre de 2001.-La Secretaria
general técnica, María Pascual Medrano.-58.354.
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