Habiéndose intentado, sin efecto, la notificación
ordinaria a la empresa, se le comunica que por
el ilustrísimo señor Director general de este Instituto
se ha dictado Resolución de fecha 7 de septiembre
de 2001 por la que se resuelve el expediente
sancionador 123/00 instruido contra la empresa
expedientada, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"Visto el expediente y la propuesta anterior, este
Instituto ha resuelto imponer a la empresa titular
del cinematógrafo "Casa de la Cultura", de Jumilla
(Murcia), la sanción de multa de mil doscientos
noventa y dos euros (1.292 euros), equivalente a
doscientas quince mil pesetas (215.000 pesetas)."
Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos
previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, significando que
el texto íntegro de la citada Resolución se encuentra
archivado en la Secretaría General de este
organismo, plaza del Rey, número 1, en Madrid. Esta
Resolución es definitiva en la vía administrativa,
de acuerdo con lo establecido en la disposición
adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de
abril, de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado (LOFAGE), y
contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de
lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo
establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a la fecha de la
notificación de la presente Resolución, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley
29/1998.
Madrid, 24 de octubre de 2001.-La Secretaria
general, Milagros Mendoza Andrade.-53.159.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid