Con fecha 8 de marzo de 1999, la Secretaría
de Estado de Infraestructuras y Transportes aprobó
técnicamente el estudio informativo de referencia.
Mediante la correspondiente nota-anuncio
publicada en el "Boletín Oficial del Estado", de fecha 30
de abril de 1999, se sometió a información pública
y oficial, de acuerdo con lo establecido en la LOTT
y en el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de
Evaluación de Impacto Ambiental.
Con fecha 22 de noviembre de 2000 se remitió
el expediente a la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio
Ambiente, solicitando la preceptiva Declaración de
Impacto Ambiental.
La Declaración de Impacto Ambiental se ha
formulado por el Órgano Ambiental de 2 de julio de
2001, y se ha publicado en el "Boletín Oficial del
Estado" de fecha 25 de julio de 2001.
Los trabajos desarrollados para la redacción del
estudio informativo se han dividido en dos fases
diferenciadas: La primera corresopnde a un estudio
de corredores a escala 1:25.000, fundamentado
-aunque no solo- en los cuatro corredores que
aparecían en la Memoria-Resumen de Impacto
Ambiental.
Tras la selección de los corredores más idóneos,
se han desarrollado, en la segunda fase, las
alternativas que han resultado ser las más satisfactorias:
Una primera (alternativa A) que enlaza la cabecera
norte de la Nueva Estación de mercancías en el
puerto de Bilbao con la estación de Ortuella, y otra
que se desdobla a su vez en dos trazados alternativos
(alternativas B y C) y que enlaza la cabecera sur
de la nueva estación con el ramal de Muskiz en
las proximidades de Trapagarán. Para estas
alternativas se ha llevado a cabo una optimización y
caracterización detallada y se ha realizado el
anteproyecto de las mismas, a escala 1:5.000.
Se han recibido como resultado del proceso de
información pública y oficial ocho escritos.
Tras conocerse que los planes de ampliación de
la Central Térmica de Iberdrola en Santurce podrían
interferir con el acceso al puerto de la solución
B del estudio, considerada por el Gobierno Vasco
como la más favorable, se realizó un estudio
complementario de alternativas a dicho problema,
solicitándose informe a las seis instituciones afectadas
las cuales contestaron favorablemente. Sin embargo,
el Gobierno Vasco en su informe reconsidera la
alternativa más favorable desde su punto de vista
decantándose por la solución A.
2. Informe del servicio jurídico: El Abogado del
Estado-Jefe, mediante escrito de 8 de enero de 2001,
ha informado que el expediente de información
pública y oficial del estudio informativo del proyecto
del nuevo acceso ferroviario al puerto de Bilbao.
Tramo: Estación de Ortuella, nueva estación de
mercancías en el puerto de Bilbao ha sido tramitado
en la forma legalmente prevista en el Real Decreto
1211/1990, Reglamento de la Ley de Ordenación
de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto
1131/1988, de Evaluación de Impacto Ambiental.
3. Declaración de Impacto Ambiental: La
Declaración de Impacto Ambiental, que se incluye
como anexo a esta aprobación, se ha formulado
por la Secretaría General de Medio Ambiente el
2 de julio de 2001, y se ha publicado en el "Boletín
Oficial del Estado" de fecha 25 de julio de 2001.
4. Informe de la Subdirección General de Planes
y Proyectos de Infraestructuras Ferroviarias: La
Subdirección General de Planes y Proyectos de
Infraestructuras Ferroviarias elevó, con fecha 20 de
septiembre de 2001, la propuesta de aprobación del
expediente de información pública y oficial y
aprobación definitiva del estudio informativo del
proyecto del nuevo acceso ferroviario al puerto de
Bilbao. Tramo: Estación de Ortuella, nueva estación
de mercancías en el puerto de Bilbao.
5. Resolución: A la vista de todo lo expuesto,
esta Secretaría de Estado resuelve lo siguiente:
Primero.-Hacer constar que el expediente
reseñado cumple con lo preceptuado en la sección 1.a,
capítulo 2.o, del vigente Reglamento de la Ley de
Ordenación de los Transportes Terrestres (Real
Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre).
Segundo.-Aprobar el expediente de información
pública y oficial y definitivamente el estudio
informativo del proyecto del nuevo acceso ferroviario
al puerto de Bilbao. Tramo: Estación de Ortuella,
nueva estación de mercancías en el puerto de Bilbao,
seleccionando como alternativa a desarrolla en el
futuro proyecto constructivo la solución propuesta
en estudio informativo, denominada solución A.
Tercero.-En el futuro proyecto constructivo se
estudiará con detalle y se determinará el método
constructivo más apropiado para la ejecución del
túnel.
Cuarto.-En el proyecto constructivo que
desarrolle la solución aprobada se tendrán en cuenta las
prescripciones, establecidas en el condicionado de
la Declaración de Impacto Ambiental, cuya copia
se incluye como anejo a esta aprobación.
Quinto.-En cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 58 de la citada Ley, la presente Resolución
pone fin a la vía administrativa.
En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda
utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala
el artículo 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, de 27 de noviembre
de 1956, contra la mencionada aprobación podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de dos meses, contados a partir del día
siguiente al de recepción de la presente notificación,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de
la Audiencia Nacional.
Madrid, 24 de septiembre de 2001.-El Secretario
de Estado de Infraestructuras, Benigno Blanco
Rodríguez.-&53.428.
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