Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a doña Adriana Sanclemente Gámez que
por el Tribunal Económico-Administrativo Central,
y en el expediente RG-2168/00, seguido a su
instancia por el Impuesto sobre Actividades Económicas,
se ha dictado resolución en sesión del día 4 de
julio de 2001, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en la reclamación económico-administrativa
formulada por doña Adriana Sanclemente Gámez,
con el R. G. 2168/00, por el concepto Impuesto
sobre Actividades Económicas, acuerda declarar su
caducidad y el archivo de las actuaciones."
Lo que se le notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 10 de octubre de 2001.-Adolfo Carlos
González Armengol.-52.794.
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