Está Vd. en

Documento BOE-B-2001-26231

RIVA Y GARCÍA AHORRO I, F.I.M. (Fondo absorbente) RIVA Y GARCÍA AHORRO II, F.I.M. (Fondo absorbido)

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 2001, páginas 1322 a 1322 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2001-26231

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento de lo previsto en el artículo

23 bis segundo, de la Ley 46/1984, de 26 de

diciembre, se hace público:

Que "Riva y García Gestión, Sociedad Anónima",

SGIIC, (sociedad gestora) y "Banco Urquijo,

Sociedad Anónima", (entidad depositaria), acordaron la

fusión por absorción de Riva y García Ahorro I

FIM como fondo absorbente y Riva y García Ahorro

II FIM, como fondo absorbido.

Que con fecha 19 de enero de 2001 el Ministerio

de Economía, autorizó el proyecto de fusión de

Riva y García Ahorro I, FIM y Riva y García Ahorro

II, FIM, por absorción de éste, con disolución, sin

liquidación de la entidad absorbida y transmisión

en bloque de todos sus activos y pasivos a la entidad

absorbente, sucediendo ésta a título universal en

todos sus derechos y obligaciones a la absorbida.

Al hilo de lo anterior, se ha modificado el

Reglamento de Gestión del Fondo absorbente, al objeto

de cambiar su denominación por la de Riva y García

Ahorro, FIM, adaptar la operativa con instrumentos

financieros derivados y la comisión máxima de

gestión a la normativa vigente y recoger la posibilidad

de realizar descuentos a favor del fondo en las

suscripciones y los reembolsos.

A los efectos de lo establecido en la legislación

vigente, se comunica a los partícipes de los fondos

afectados el derecho de separación que les asiste,

ejercitable en el plazo de treinta días a contar desde

la publicación de este anuncio o de la remisión

de la comunicación a los partícipes, sin deducción

de comisiones de reembolso ni gasto alguno.

Se hace constar que los partícipes y acreedores

tienen el derecho de solicitar y obtener el texto

íntegro de los acuerdos adoptados y del proyecto

de fusión, según artículos 242 y 243 del texto

refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Asimismo los acreedores de los fondos

participantes en la fusión podrá oponerse a la fusión en

el plazo de un mes a contar desde la fecha de

publicación del anuncio de fusión, en virtud del artículo

166 de la citada Ley.

Barcelona, 26 de enero de 2001.-"Riva y García

Gestión, SGIIC, Sociedad Anónima".-4.488.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid