Con fecha 27 de septiembre de 2001, por el
Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, se
dictó acuerdo, a los efectos previstos en el artículo
52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, por el que se declara urgente
ocupación de los bienes y derechos afectados por
las obras del proyecto correspondiente al expediente
de referencia. En cumplimiento y ejecución de la
disposición citada, y en uso de las atribuciones que
me han sido conferidas por las disposiciones
vigentes, resuelvo:
Hacer pública la convocatoria a los propietarios
de los bienes y derechos afectados por las obras
del proyecto de construcción de colector y EDAR
de Prádena del Rincón, en el término municipal
de Prádena del Rincón, correspondiente al
expediente expropiatorio número 548, para que en los
días y horas establecidos comparezcan en el
Ayuntamiento de Prádena del Rincón, al objeto del
levantamiento de las actas previas a la ocupación, con
traslado, en su caso, a la fincas afectadas, para la
toma de datos si fuera necesario.
Las operaciones podrán continuarse en días y
horarios posteriores, si fuera preciso, bastando a
tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se
trate y con ocasión del levantamiento de la última
acta que se extienda, haciéndose saber públicamente
a los asistentes.
A dicho acto deberán asistir los afectados
personalmente o bien representados por persona
debidamente autorizada para actuar en su nombre,
aportando los documentos acreditativos de su titularidad,
último recibo de la contribución y certificación
catastral, pudiendo hacerse acompañar a su costa,
si lo estima oportuno, de Perito y Notario.
Según lo dispuesto en el artículo 24 del referido
texto legal, durante el transcurso del acto se
procederá a convenir, si procede, la adquisición de los
bienes y derechos afectados, por mutuo acuerdo.
En caso de que dicho convenio no pueda ser
alcanzado, transcurridos quince días, se seguirá el
procedimiento legalmente establecido al efecto.
Los interesados, así como las personas que siendo
titulares de derechos reales o intereses económicos
se hayan podido omitir en la relación, podrán
formular mediante escrito dirigido a la Consejería de
Medio Ambiente (Secretaría General Técnica), calle
Princesa, 3, 28008 Madrid, y hasta el día señalado
para el levantamiento de actas previas, cuantas
alegaciones estimen oportunas, a los efectos de
subsanar los posibles errores que se hayan podido
producir al relacionar los bienes y derechos que se
afectan a tal fin, para lo cual tendrán, a su
disposición los planos parcelarios correspondientes en
el Canal de Isabel II (División de Expropiaciones),
calle Santa Engracia, 108, y en el Ayuntamiento
antes mencionado.
Asimismo, la presente publicación se hace a los
efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13
de enero.
Madrid, 3 de octubre de 2001.-La Secretaria
general técnica, María Pascual Medrano.-52.647.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid