Notificación a "Hijos de Andrés Molina, Sociedad
Anónima", del fallo dictado por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, en el expediente
RG 2824/99, protocolo 630/01, por aplicación de
lo dispuesto en el artículo 86 del Reglamento de
Procedimiento en las Reclamaciones
Económico-Administrativas.
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente
se notifica a "Hijos de Andrés Molina, Sociedad
Anónima" (en liquidación), que por Tribunal
Económico-Administrativo Central, y en el expediente
RG 2824/99, seguido a instancia del interesado,
contra actos del Director del Departamento de
Recaudación de la AEAT y del Jefe de la Oficina
Nacional de Recaudación, referente a ejecución de
decisión de la Comisión de las Comunidades
Europeas, se ha dictado resolución, en sesión del día
24 de mayo de 2001, cuya parte dispositiva dice
lo siguiente:
"Este Tribunal Económico-Administrativo
Central, en Sala, como resolución de la presente
reclamación acuerda desestimarla, confirmado los
acuerdos impugnados."
Lo que se notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 13 de septiembre de 2001.-El Vocal Jefe
de la Sección, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-48.929.
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