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Aprobado por la Dirección General de Carreteras,
en fecha 13 de noviembre de 2000, el proyecto
complementario de "Ampliación de la estación de
peaje de Girona sur de la autopista A-7, la
Jonquera-Salou", y siendo "Autopistas, Concesionaria
Española, Sociedad Anónima", la entidad que asume
los derechos y obligaciones del beneficiario de
acuerdo con la Ley 8/1972, de 10 de mayo, lo dispuesto
en los Decretos 1862/1966, de 30 de junio ;
164/1967, de 26 de enero ; 128/1968, de 18 de
enero ; 1310/1973, de 22 de junio; 1321/1974, de
25 de abril, y Reales Decretos 2479/1978, de 14
de octubre, y 126/1984, de 25 de enero, implica
la declaración de utilidad pública de las obras,
entendiéndose implícita en la aprobación del proyecto
la ocupación urgente de los bienes afectados.
En consecuencia, se somete a información
pública, por plazo de veinte días, la relación de bienes
y derechos afectados que constan en la relación
adjunta, a los solos efectos de subsanar posibles
errores que se hayan padecido al relacionar los
bienes y derechos afectados por la urgente ocupación
(artículo 56 del Reglamento de la LEF), pudiendo
todos los interesados, así como las personas que,
siendo titulares de derechos reales o intereses
económicos sobre los bienes afectados, se hayan podido
omitir en dicha relación, formular en el plazo
indicado y por escrito ante esta Demarcación de
Carreteras del Estado en Cataluña, a tenor de lo dispuesto
en el punto 2 del artículo 86 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, alegaciones a los solos
efectos de subsanar posibles errores padecidos al
relacionar los bienes y derechos que se afectan.
La sociedad concesionaria, "Autopistas,
Concesionaria Española, Sociedad Anónima", asumirá en
el expediente expropiatorio los derechos y
obligaciones del beneficiario de la expropiación, regulados
en el artículo 2.o de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa y en el artículo 3.1 de su Reglamento, según
lo dispuesto en tal sentido en el artículo 17.2 de
la Ley 8/1972, de 10 de mayo.
Barcelona, 18 de enero de 2001.-El Ingeniero
Jefe de la Demarcación, Vicente Vilanova Martínez
Falero.-&3.981.
Relación de bienes y derechos afectados
Término municipal: Salt
Número de finca Referencia catastral Polígono Parcela
Aprovechamiento y clase Nombre y domicilio del titular Expropiación-m2
402 3 80 Rústica. Cereal riego. Pere Marly Lloga, calle Llarg, 97, 17190 Salt. 1.586
403 3 79 Rústica. Cereal riego. Conxita Bárdena Fabrellas, calle Prat de la Riba, 29, 17190 Salt. 153
404 3 83 Rústica. Cereal riego. Mateu Armengol Borrel, El Sitjà, número 5, 17190 Salt. 60
405 3 78 Rústica. Cereal riego. "Invergisa, Sociedad Anónima", Josep Rubau Bosch, calle Girona,
33, 17142 Verges.
35
Término municipal: Vilablareix
Número de finca Referencia catastral Polígono Parcela
Aprovechamiento y clase Nombre y domicilio del titular Expropiación-m2
401 1 16 Rústica. Cereal regadío. Pere Marly Lloga, calle Llarg, 97, 17190 Salt. 434
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