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Documento BOE-B-2001-225069

Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, de 16 de julio de 2001, por la que se autoriza la empresa "Asistencia Técnica Industrial, S. A. E." (ATISAE), para su actuación como organismo de control notificado.

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 19 de septiembre de 2001, páginas 10237 a 10237 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-B-2001-225069

TEXTO

Vista la solicitud presentada por don Javier

García-Atance, en nombre y representación de

"Asistencia Técnica Industrial, Sociedad Anónima",

(ATISAE), con domicilio social en calle San Telmo,

28, Madrid, 28016, para la autorización de

actuación como organismo de control notificado, relativa

a las actividades de evaluación de la conformidad

correspondiente a los anexos/módulos de la

Directiva 97/23/CE, de Equipos a Presión: Aprobación

de procedimientos y personal que realiza uniones

permanentes. Aprobación europea de materiales.

Evaluación específica de materiales. Módulo A1,

control interno de fabricación con vigilancia de la

verificación final. Módulo B, examen CE de tipo;

módulo B1, examen CE de diseño; módulo C1,

conformidad con el tipo; módulo F, verificación

de los productos; módulo G, verificación CE por

unidad;

Visto el Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo,

por el que se dictan las disposiciones de aplicación

de la Directiva del Parlamento Europeo y del

Consejo, 97/23/CE, relativa a los equipos de presión,

y se modifica el Real Decreto 1244/1979, de 4

de abril, que aprobó el reglamento de Aparatos a

Presión ("Boletín Oficial del Estado" de 31 de mayo

de 1999);

Visto el Real Decreto 2200/1995, de 28 de

diciembre, por el que se aprueba el reglamento de la

Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial

("Boletín Oficial del Estado" de 6 de febrero de

1996);

Resultando que la empresa ha presentado la

documentación exigida en los Reales Decretos;

Considerando que en la tramitación del

expediente se han cumplido todos los requisitos

reglamentarios;

Considerando que en la documentación

presentada se acredita que la empresa cumple con las

exigencias generales establecidas en los Reales

Decretos citados para la realización de las

actividades citadas en el encabezamiento, dentro del

campo reglamentario de aparatos a presión,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Autorizar a la empresa "Asistencia

Técnica Industrial, S. A. E." (ATISAE), la actuación

como organismo de control notificado para la

evaluación de la conformidad en el ámbito

reglamentario de instalaciones y aparatos a presión, en las

actividades relativas a: Aprobación de

procedimientos y personal que realiza uniones permanentes.

Aprobación europea de materiales. Evaluación

específica de materiales. Módulo A1, control interno

de la fabricación con vigilancia de la verificación

final. Módulo B, examen CE de tipo; módulo B1,

examen CE de diseño; módulo C1, conformidad

con el tipo; módulo F, verificación de los productos;

módulo G, verificación CE por unidad,

contempladas en el Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo

("Boletín Oficial del Estado" del 31).

Segundo.-La presente autorización de actuación

como organismo de control notificado tiene una

validez indefinida, en tanto y cuanto permanezca

en vigor la declaración de competencia técnica

extendida por la Entidad Nacional de Acreditación

de fecha 7 de julio de 2000, para la realización

de las actividades de evaluación de conformidad,

correspondiente a los anexos/módulos citados.

Tercero.-La citada entidad queda autorizada para

actuar en los ámbitos reglamentarios y con las

limitaciones expresadas en los puntos primero y segundo

en todo el territorio nacional, debiendo, en todo

caso, para actuar en cualquier Comunidad

Autónoma, ajustar sus actuaciones a lo recogido en la

Ley de Industria 21/1992, de 16 de julio, y el Real

Decreto 2000/1995, de 28 de diciembre, y Real

Decreto 769/1999, de 7 de mayo.

Cuarto.-Cualquier variación de las condiciones

o requisitos, que sirvieron de base para la presente

autorización, deberán comunicarse al día siguiente

de producirse a la Dirección General de Industria,

Energía y Minas de la Comunidad de Madrid.

Contra esta Resolución podrá interponerse

recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del

día siguiente a aquel en que tenga lugar la

notificación, ante el excelentísimo señor Consejero de

Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid,

de conformidad con el artículo 114 de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común,

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva

redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 16 de julio de 2001.-El Director general,

Carlos López Jimeno.-46.669.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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