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Documento BOE-B-2001-22119

Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Almería-Motril, de 27 de diciembre de 2000, sobre la necesidad de la ocupación de los bienes objeto del expediente de expropiación forzosa tramitado con motivo de la aprobación del Plan de Utilización de los Espacios Portuarios del Puerto de Motril. Término Municipal de Motril (Granada).

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 25 de enero de 2001, páginas 1101 a 1102 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2001-22119

TEXTO

El Director de la Autoridad Portuaria de

Almería-Motril, con fecha 18 de diciembre de 2000,

propone lo siguiente: "Por Orden de 18 de junio

de 1999, el Ministerio de Fomento, publicada en

el "Boletín Oficial del Estado" número 152, de 28

de junio de 1999, y "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía", número 87, de 29 de julio de 1999,

se aprobó el Plan de Utilización de los Espacios

Portuarios del Puerto de Motril, tramitado conforme

a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 27/1992,

de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de

la Marina Mercante, modificada por la Ley 62/1997,

de 26 de diciembre.

La aprobación del referido Plan, en el que se

delimita la Zona de Servicio del Puerto de Motril,

que incluye las superficies de tierra y de agua

necesarias para la ejecución de las actividades de

la Autoridad Portuaria, y los usos previstos para

las diferentes zonas del Puerto de Motril, así como

la justificación de la necesidad o conveniencia de

dichos usos, lleva implícita la declaración de utilidad

pública a efectos expropiatorios de los bienes de

propiedad privada, así como la afección al uso

portuario de los bienes de dominio público incluidos

en la Zona de Servicio que sean de interés para

el Puerto.

Con la aprobación del Plan ha quedado

incorporada a la Zona de Servicio del Puerto de Motril,

la superficie integrada por numerosas parcelas

propiedad de la Autoridad Portuaria de Almería-Motril

y otras de titularidad privada, con una superficie

total de 380.000 metros cuadrados, y que forma

un área colindante con la zona marítimo-terrestre

comprendida entre el actual contradique del Puerto

de Motril y una línea paralela al eje del futuro

contradique situada a 744 metros del eje del actual

contradique y a levante del mismo. Estos terrenos

incorporados a la Zona de Servicio del Puerto de

Motril, se dedicarán a zona logística portuaria.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 18 y

siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de

diciembre de 1954, y concordantes de su

Reglamento, se abrió información pública en el

expediente, publicándose la relación detallada de bienes

afectos a la expropiación en el "Boletín Oficial del

Estado" número 147, de 20 de junio de 2000, en

el "Boletín Oficial de la Provincia de Granada"

número 149, de 01 de julio de 2000, y en el diario

"Ideal de Granada", de 23 de junio de 2000.

Igualmente se remitió escrito a los interesados en el

expediente, para que en el plazo de quince días, aportasen

por escrito los datos oportunos para rectificar

posibles errores u omisiones en la relación de bienes

afectos, u oponerse por razones de fondo o forma,

a la necesidad de ocupación. Concediéndoles

audiencia en el expediente, a cuyos efectos se les

comunicó que podían consultar el expediente en

las Oficinas de la Autoridad Portuaria. Igualmente

el anuncio se expuso en el Tablón de Edictos del

Ayuntamiento de Motril.

Dentro del plazo legal concedido, sólo se han

presentado los siguientes escritos: Doña Trinidad,

doña Laura y doña Victoria López López; don José

Murcia Baños y doña Isabel Antequera García.

Las señoras doña Trinidad, doña Laura y doña

Victoria López López exponen, respecto de la

parcela número 134, polígono 25, con una extensión

de 41 áreas, 23 centiáreas y 31 decímetros

cuadrados, que la titularidad de la misma no

corresponde a don Gregorio Requero López como aparece

publicado en la relación de propietarios del anuncio

del expediente, sino que la titularidad registral de

la referida parcela les corresponde a ellas. Que

igualmente el anuncio omite una casa de planta baja

existente en la parcela que han recibido mediante

herencia de sus padres. Solicitan la rectificación en

el expediente del titular de la parcela, su superficie

y que se reconozca la existencia de la casa.

Aportan nota simple del Registro de la Propiedad

número 2 de Motril que acredita la titularidad de

la parcela. Y respecto de la casa aportan el alta

en la Contribución Territorial Urbana.

A la vista de lo cual, de conformidad con lo

dispuesto en los artículos 19 y 20 de la LEF, y en

lo igualmente dispuesto en el artículo 18 de su

Reglamento, se subsanan los errores y se considerará

a las citadas señoras como interesadas en el

expediente.

Respecto del escrito presentado por don José

Murcia Baños expone respecto a la parcela 159,

polígono 26, que la misma tiene una extensión de 3.286,

en lugar de 3.255 metros cuadrados, como aparece

consignado en el anuncio. Y que la superficie a

expropiar constituye una explotación familiar

agrícola dedicada al cultivo de hortalizas en invernadero,

siendo la única fuente de ingresos que sustenta a

su familia. Que para determinar el justiprecio se

esté al valor real de los bienes, y que se indemnicen

las cosechas. Aporta plano de la finca en la que

se recogen los metros alegados.

Por su parte, doña Isabel Antequera García,

respecto de la parcela 133, polígono 25, manifiesta

ser la titular de la misma, al haber fallecido su madre.

Y que se omite en el anuncio la existencia de una

casa en la parcela. Aporta nota simple informativa

del Registro de la Propiedad número 2 de Motril,

que acredita la titularidad de la parcela. Respecto

de la casa, aporta fotocopias de los recibos del

Impuesto de Bienes Inmuebles y recibos de la

compañías suministradoras de la luz y del agua.

En cuanto a las alegaciones aportadas cabe

afirmar que ninguna se opone al expediente, limitándose

a solicitar sea corregidos los datos de titularidad

de las parcelas, o en su caso, se rectifiquen la

extensión de las mismas, o que se reconozca la existencia

de viviendas en las parcelas, por tanto, se rectifican

los errores advertidos, incorporándose al expediente

la documentación aportada, y entendiéndose las

sucesivas actuaciones con quienes han acreditado

la titularidad de los bienes afectados al expediente.

A la vista de lo expuesto, de conformidad con

lo dispuesto en el artículo 19, 2, del Reglamento

de la Ley de Expropiación Forzosa, la relación de

bienes afectos queda como sigue:

Finca: Polígono 25, parcela 31, rústica.

Propietario: don Antonio Hernández Román. Domicilio:

Calle Chispas, 10, 18600 Motril (Granada). Metros

cuadrados: 4.195.

Finca: Polígono 25, parcela 34, rústica.

Propietario: Don Francisco Torres Sánchez. Domicilio:

Avenida Pío XII, 2, 18600 Motril (Granada). Metros

cuadrados: 3.957.

Finca: Polígono 25, parcela 119, rústica.

Propietario: Ayuntamiento de Motril. Domicilio: Plaza de

España, sin número, 18600 Motril (Granada).

Metros cuadrados: 2.071.

Finca: Polígono 25, parcela 133, rústica.

Propietaria: Doña Isabel Antequera García. Domicilio:

Calle Río Ebro, 2, 1.a, 18600 Motril (Granada).

Metros cuadrados: 3.197, edificados 230 metros

cuadrados.

Finca: Polígono 25, parcela 134, rústica.

Propietarias: Doña Trinidad, doña Laura y doña Victoria

López López. Domicilio : Calle Nueva, 61, 18600

Motril (Granada). Metros cuadrados: 4.123,31, casa.

Finca: Polígono 25, parcela 135, casa. Propietaria:

Doña Rosario López Barranco. Domicilio: Avenida

San Agustín, 14, 2.o, 18600 Motril (Granada).

Metros cuadrados: 104, edificados: 69.

Finca: Polígono 26, parcela 40, rústica.

Propietario: Don Antonio Pineda Chica. Domicilio: Calle

Virgen de las Angustias, 52, 18600 Motril

(Granada). Metros cuadrados: 576.

Finca: Polígono 26, parcela 46, rústica.

Propietario: Don Francisco Muñoz Barros. Domicilio:

Calle Juan Sebastián Elcano, 13, 18600 Motril

(Granada). Metros cuadrados: 1.073.

Finca: Polígono 26, parcela 156, rústica.

Propietario: Don Francisco Chica López López.

Domicilio: Camino de San Antonio, 19, 18600, Motril

(Granada). Metros cuadrados: 5.172.

Finca: Polígono 26, parcela 159, rústica.

Propietario: Don José Murcia Baños. Domicilio: Calle

Padre Damián, 39, 18600 Motril (Granada). Metros

cuadrados: 3.286.

Finca: Polígono 26, parcela 160, rústica.

Propietario: Don Fernando Pérez Martín. Domicilio:

Cortijo Ermita Caña Puntalon, 18600 Motril (Granada).

Metros cuadrados: 3.266.

De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 19 del Reglamento de la Ley de Expropiación

Forzosa (Decreto de 26 de abril de 1957), se requirió

el preceptivo informe del Servicio Jurídico del

Estado, quién en fecha 18 de diciembre de 2000, lo

emite favorablemente.

A la vista de lo anteriormente expuesto y de

conformidad con lo establecido en el artículo 21 de

la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre

de 1954, y en el artículo 20 del Reglamento de

la citada Ley, aprobado por Decreto de 26 de Abril

de 1957, la Dirección de la Autoridad Portuaria

propone se acuerde la necesidad de ocupación de

los bienes relacionados y la iniciación del expediente

expropiatorio, que deberá ser notificado y publicado

en la forma prevista en los referidos preceptos.

El Consejo de Administración de la Autoridad

Portuaria de Almería-Motril, en su sesión del día

27 de diciembre de 2000, de conformidad con la

propuesta de la Dirección, acordó la necesidad de

la ocupación de los bienes relacionados arriba y

la iniciación del expediente expropiatorio, debiendo

ser notificado y publicado en la forma prevista.

Contra esta Resolución, cabe interponer recurso

de alzada ante el Ministro de Fomento, en la forma

y plazos establecidos en los artículos 22, 1) y 2),

de la Ley de Expropiación forzosa y en el

artículo 21, 3), de su Reglamento.

Almería, 18 de enero de 2001.-El Presidente,

José Antonio Amate Rodríguez.-&3.116.

ANÁLISIS

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