Con fecha 5 de julio de 2001, por el Consejo
de Gobierno de la Comunidad de Madrid, se dictó
Acuerdo, a los efectos previstos en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, por el que se declara urgente ocupación
de los bienes y derechos afectados por las obras
del proyecto correspondiente al expediente de
referencia.
En cumplimiento y ejecución de la disposición
citada, y en uso de las atribuciones que me han sido
conferidas por las disposiciones vigentes, resuelvo:
Hacer pública la convocatoria a los propietarios
de los bienes y derechos afectados por las obras
del proyecto de construcción de los colectores y
EDAR de Estremera, en el término municipal de
Estremera, correspondiente al expediente
expropiatorio número 568, para que en los días y horas
establecidos, comparezcan en el Ayuntamiento de
Estremera, al objeto del levantamiento de las actas
previas a la ocupación, con traslado, en su caso,
a las fincas afectadas para la toma de datos si fuera
necesario.
Las operaciones podrán continuarse en días y
horarios posteriores, si fuera preciso, bastando a
tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se
trate y con ocasión del levantamiento de la última
acta que se extienda, haciéndose saber públicamente
a los asistentes.
A dicho acto deberán asistir los afectados
personalmente o bien representados por persona
debidamente autorizada para actuar en su nombre,
aportando los documentos acreditativos de su titularidad,
último recibo de la contribución y certificación
catastral, pudiendo hacerse acompañar, a su costa,
si lo estima oportuno, de Perito y Notario.
Según lo dispuesto en el artículo 24 del referido
texto legal, durante el transcurso del acto se
procederá a convenir, si procede, la adquisición de los
bienes y derechos afectados, por mutuo acuerdo.
En caso de que dicho convenio no pueda ser
alcanzado, transcurridos quince días, se seguirá el
procedimiento legalmente establecido al efecto.
Los interesados, así como las personas que siendo
titulares de derechos reales o intereses económicos
se hayan podido omitir en la relación, podrán
formular mediante escrito dirigido a la Consejería de
Justicia, Función Pública y Administración
Local-Secretaría General Técnica, Gran Vía, 18,
28013 Madrid, y hasta el día señalado para el
levantamiento de actas previas, cuantas alegaciones
estimen oportunas, a los efectos de subsanar los posibles
errores que se hayan podido producir al relacionar
los bienes y derechos que se afectan a tal fin, para
lo cual tendrán a su disposición los planos
parcelarios correspondientes en el Canal de Isabel
II-División de Expropiaciones, calle Santa Engracia, 108,
y en los Ayuntamientos antes mencionados.
Asimismo, la presente publicación se hace a los
efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Madrid, 1 de agosto de 2001.-El Secretario
general técnico (P. O. 1405/2001, de 18 de julio), el
Viceconsejero de Justicia, Función Pública y
Administración Local, Juan González Blasco.-&45.069.
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