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Desconociéndose el domicilio actual de
"Iberaccess Comunicaciones, Sociedad Limitada", procede
acudir al medio de notificación previsto en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
En consecuencia, a continuación se transcribe,
y para que sirva de notificación, extracto de la
resolución del procedimiento sancionador número
PS/00071/2000.
El Director de la Agencia de Protección de Datos,
resuelve: Imponer a la entidad "Iberaccess
Comunicaciones, Sociedad Limitada", por una infracción
del artículo 4.7 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29
de octubre, de Regulación del Tratamiento
Automatizado de Datos de Carácter Personal, tipificada
como muy grave en el artículo 43.4.a) de dicha
norma, una multa de cincuenta millones una
(50.000.001) pesetas, de conformidad con lo
establecido en el artículo 44.3 de la citada Ley Orgánica.
La sanción impuesta deberá hacerla efectiva en
el plazo de pago voluntario que señala el artículo
20 del Reglamento General de Recaudación,
aprobado por Real Decreto 1684/1990, de 20 de
diciembre, mediante su ingreso en la cuenta número
0300007857, a nombre de la Agencia de Protección
de Datos, abierta en la sucursal 0301 del "Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima", o,
en caso contrario, se procederá a su exacción por
vía de apremio. Si recibe la notificación entre los
días 1 y 15 de cada mes, ambos inclusive, el plazo
para efectuar el pago voluntario será hasta el día
5 del mes siguiente o inmediato hábil posterior;
y si se recibe la notificación entre los días 16 y
último de cada mes, ambos inclusive, el plazo del
pago será hasta el 20 del mes siguiente o inmediato
hábil posterior.
Contra esta Resolución podrá interponerse, de
conformidad con lo establecido en el artículo 116
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, según la
redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que
la modifica, potestativamente, recurso de reposición
ante el Director de la Agencia de Protección de
Datos, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la notificación de esta Resolución,
o directamente recurso contencioso administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de
la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto
en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición
adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde
el día siguiente a la notificación de este acto, según
lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto
legal.
El Director de la Agencia de Protección de Datos,
Juan Manuel Fernández López.
Madrid, 14 de diciembre de 2000.-El Secretario
general, Carlos Corbacho Pérez.-&70.722.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid