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Documento BOE-B-2001-201107

Aviso notificación de 19 de julio de 2001, de la Dirección General de Acción Social del Menor y de la Familia a la Asociación Carpe Diem de Intervención Social, calle Atocha, 112-2.º int. dcha., 28012 Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 22 de agosto de 2001, páginas 9515 a 9515 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-B-2001-201107

TEXTO

Por medio del presente anuncio, una vez agotados

previamente los medios de notificación previstos

en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se pone en

conocimiento de la Asociación Carpe Diem de

Intervención Social, que tuvo su último domicilio

conocido en la calle Atocha, 112-2.o int. dcha., 28012

Madrid:

Que revisada por esta Dirección General la

documentación presentada para justificar la aplicación

de la subvención concedida con cargo a la

asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de

las Personas Físicas de 1997, se ha detectado

defectos formales u omisiones que dan lugar a un importe

incorrectamente justificado de 20.583.904 pesetas,

según detalle que figura en el anexo que se encuentra

a su disposición en la Dirección General de Acción

Social del Menor y de la Familia.

Lo que se notifica a esa entidad a fin de que

en el plazo de quince días, contados desde la

presente publicación, pueda formular cuantas

alegaciones considere convenientes a su derecho y presentar

cuantas pruebas estime pertinente, de conformidad

con lo establecido en el artículo 84 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 8.2 del

Reglamento de Procedimiento para la Concesión

de Subvenciones Públicas aprobado por el Real

Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre.

Advirtiéndole que, transcurrido dicho plazo, sin que esa

entidad haya presentado alegaciones, se procederá a

dictar la correspondiente Resolución declarativa de

incumplimiento.

Madrid, 19 de julio de 2001.-La Directora

general, María Teresa Mogín Barquín.-43.922.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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