En fecha 19 de julio de 2001, la Dirección General
de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas del
Ministerio de Medio Ambiente autorizó a la Agencia
Catalana del Agua la incoación del expediente de
información pública de la modificación número 1
del proyecto de desagüe del Francolí en el puerto
de Tarragona a través de la dársena de El Varadero,
en el término municipal de Tarragona (Tarragonès).
La Agencia Catalana del Agua, mediante la
Resolución de 2 de agosto de 2001, y en cumplimiento
de las disposiciones vigentes, abre un período de
exposición pública a los efectos de examen,
rectificación y presentación de reclamaciones de la
modificación número 1 del proyecto de desagüe
del Francolí en el puerto de Tarragona a través
de la dársena de El Varadero, en el término
municipal de Tarragona (Tarragonès), el cual estará a
disposición del público durante el plazo de un mes
contado a partir del día de la publicación de este
anuncio en el "Diario Oficial de la Generalidad de
Cataluña", en horas de oficina, en las dependencias
siguientes:
Agencia Catalana del Agua, calle Provença,
números 204-208, 08036 Barcelona.
Ayuntamiento de Tarragona, plaza de La Font,
número 1, 43003 Tarragona.
Delegación Territorial de la Agencia Catalana del
Agua de Tarragona, rambla Nova, 50, 43004
Tarragona.
Delegación Territorial del Departamento de
Medio Ambiente de Tarragona, calle Cardenal Vidal
i Barraquer, 12-14, 43005 Tarragona.
Delegación del Gobierno en Cataluña, avenida
Marqués de l'Argentera, 2, 08003 Barcelona.
Subdelegación Territorial del Gobierno en
Tarragona, plaza Imperial Tarraco, s/n, 43005 Tarragona.
Dentro de este plazo, los particulares, las
entidades y los organismos afectados por la ejecución
de las obras proyectadas pueden presentar en las
dependencias indicadas los escritos de alegaciones
que consideren pertinentes en relación con el
trazado, las características y el objeto del proyecto,
y en cualquiera de las formas previstas en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de régimen jurídico de las administraciones públicas
y del procedimiento administrativo común.
Dado que el proyecto que se somete a información
pública contiene una lista concreta e individualizada
de los bienes y derechos que son considerados de
expropiación necesaria, y de acuerdo con lo que
establece el párrafo segundo del artículo 17 de la
Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre
de 1954 y otros artículos concordantes de su
Reglamento de 26 de abril de 1957, cualquier persona
interesada o titular de derechos reales e intereses
económicos sobre los bienes afectados también
puede, dentro del plazo establecido en esta información
pública, formular alegaciones por escrito al efecto
de corregir los posibles errores que se hayan
producido en la confección de la lista de los bienes
y derechos afectados que se publica anexa, u
oponerse motivadamente a la necesidad de ocupación,
de acuerdo con lo que establece la legislación vigente.
Anexo
Término municipal de Tarragona
Finca de proyecto número: 1.
Parcela: 2129701.
Titular: Ayuntamiento de Tarragona.
Superficie a expropiar, en metros cuadrados: 16.
Naturaleza: urbana.
Finca de proyecto número: 2.
Parcela: 2129702.
Titular: Ayuntamiento de Tarragona.
Superficie a expropiar, en metros cuadrados: 30.
Naturaleza: urbana.
Finca de proyecto número: 3.
Parcela: 2129703.
Titular: Ayuntamiento de Tarragona.
Superficie a expropiar, en metros cuadrados: 30.
Naturaleza: urbana.
Finca de proyecto número: 4.
Parcela: 2129704.
Titular: Ayuntamiento de Tarragona.
Superficie a expropiar, en metros cuadrados: 99.
Naturaleza: Urbana.
Barcelona, 10 de agosto de 2001.-La Directora
de la Agencia Catalana del Agua, Marta Lacambra
Puig.-&43.820.
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