Con fecha 17 de julio de 2001 la Administración
ha aprobado el proyecto de referencia,
entendiéndose implícita su utilidad pública y determinada la
necesidad concreta de la ocupación, al amparo de
los artículos 10 de la Ley de Expropiación Forzosa
de 16 de diciembre de 1954, y 8 de la Ley 25/1988,
de 29 de julio, de Carreteras.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 72
de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y de Orden Social, ya que
la ocupación a que da lugar las obras está incluida
en el "Programa de actuaciones prioritarias en
carreteras", se declara la urgente ocupación de los bienes
y derechos afectados por el expediente de
expropiación forzosa indicado para la ejecución de las
obras del proyecto antes citado, siendo de aplicación
lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa y 56 y siguientes de su Reglamento.
En su virtud, la Jefatura de esta Demarcación
de Carreteras ha resuelto:
Primero.-Abrir la información prevista en los
artículos 17 y 18 de la Ley de Expropiación Forzosa
y 56 de su Reglamento, a fin de que todos los
interesados, así como las personas que, siendo
titulares de derechos reales o intereses económicos
sobre los bienes afectados, puedan formular por
escrito ante la Demarcación de Carreteras del
Estado en La Rioja, calle Duques de Nájera, número
49, 1.o, Logroño, durante el plazo de quince días,
a tenor de lo previsto en el artículo 56 del
Reglamento de aplicación de la Ley de Expropiación
Forzosa, y en todo caso hasta el momento del
levantamiento de las actas previas a la ocupación,
alegaciones fundadas, sin carácter de recurso, a los
solos efectos de subsanar posibles errores u
omisiones padecidos al relacionar los bienes afectados
por la urgente ocupación.
Segundo.-Convocar a los propietarios y titulares
de bienes y derechos afectados que figuran en la
relación expuesta en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento que se detalla, para proceder, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 52.3 de la Ley de
Expropiación Forzosa, correlativamente al
levantamiento de las actas previas a la ocupación de las
fincas afectadas, en las que se recogerán los datos
necesarios para determinar los derechos afectados,
sus titulares y los perjuicios determinantes de la
rápida ocupación, sin perjuicio de trasladarse al lugar
de las fincas si se considera necesario.
Afectados del término municipal de Lardero.
Lugar: Ayuntamiento.
Fecha: 6 de septiembre de 2001, de diez a catorce
horas.
Tercero.-A dicho acto deberán acudir los titulares
afectados, personalmente o representados por
persona debidamente autorizada, aportando los
documentos acreditativos de su titularidad, documento
nacional de identidad y último recibo de la
contribución, pudiendo hacerse acompañar, a su costa,
de perito y Notario, advirtiéndose que en caso de
incomparecencia se entenderán las diligencias con
el Ministerio Fiscal, de acuerdo con el artículo 5
de la Ley de Expropiación Forzosa.
Cuarto.-El presente señalamiento será notificado
individualmente a los interesados, y publicado en
el "Boletín Oficial del Estado", "Boletín Oficial de
La Rioja", periódicos "La Rioja" y "El Correo
Español-El Pueblo Vasco (Edición Rioja)", así como en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Lardero
y de las oficinas de la Demarcación de Carreteras
del Estado en La Rioja; en estos últimos casos junto
con, además de la relación de propietarios y bienes
y derechos afectados, los planos parcelarios,
sirviendo como edictos en general respecto a titulares
desconocidos o de paradero ignorado.
Logroño, 3 de agosto de 2001.-El Ingeniero Jefe,
J. Enrique García Garrido.-43.269.
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