En el expediente tramitado en el Tribunal de
Defensa de la Competencia con el número 496/00
(1927/98 del Servicio de Defensa de la
Competencia), incoado de oficio contra el Airport
Operation Comitee de Carga Local del Aeropuerto de
Madrid-Barajas (AOC-Carga de Barajas) y diversas
compañías de transporte aéreo, por prácticas
contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia,
se ha dictado resolución con fecha 4 de julio cuya
parte dispositiva dice:
1. Declarar al Airport Operation Comitee de
Carga Local del Aeropuerto de Madrid-Barajas
incurso en la realización de una conducta prohibida
por el artículo 11 DC, consistente en una
recomendación colectiva, dirigida a las compañías del
transporte aéreo participantes en el mismo, con el
objeto de restringir la competencia en el mercado
del transporte aéreo de mercancías para la
exportación desde el aeropuerto de Madrid-Barajas,
induciéndolas a repercutir a sus clientes la tasa de
utilización del dominio público aeropuertario en las
operaciones de carga y descarga de mercancías (tasa
E-2) a partir de 1 de enero de 1999.
2. Intimar al Airport Operation Comitee de
Carga Local del Aeropuerto de Madrid-Barajas para
que se abstenga en lo sucesivo de realizar conductas
semejantes.
3. Imponer al Airport Operation Comitee de
Carga Local del Aeropuerto de Madrid-Barajas una
multa de 12 millones de pesetas ó 72.121,45 euros.
4. Ordenar al Airport Operation Comitee de
Carga Local del Aeropuerto de Madrid-Barajas la
remisión del contenido íntegro de esta resolución
a todos sus miembros y la publicación a su costa
de la parte dispositiva de la misma, en el plazo
de dos meses, en el "Boletín Oficial del Estado"
y en las páginas de economía de dos de los diarios
de información general de mayor tirada nacional.
5. Imponer al Airport Operation Comitee de
Carga Local del Aeropuerto de Madrid-Barajas una
multa coercitiva de 100.000 pesetas ó 601,01 euros
por cada día de retraso en el cumplimiento de la
orden de publicación contenida en el punto anterior.
Madrid, 7 de agosto de 2001.-Antonio
Fernández Fábrega, Secretario del Tribunal de Defensa
de la Competencia.-43.385.
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