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Documento BOE-B-2001-196054

Resolución de 18 de mayo de 2001, de la Delegación Provincial en Granada de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, por la que se autoriza la línea de AT 20 kV. Santa Isabel-Salomar 2000, en el término municipal de Salobreña, se aprueba el proyecto de ejecución y se declara en concreto la utilidad pública de dicha línea. Expediente número 7.388/AT.

Publicado en:
«BOE» núm. 196, de 16 de agosto de 2001, páginas 9321 a 9322 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2001-196054

TEXTO

Visto el expediente referenciado y examinados los

documentos obrantes en el mismo se constatan los

siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha 4 de mayo de 2000,

"Compañía Sevillana de Electricidad I, Sociedad

Anónima", unipersonal, solicitó en esta Delegación

Provincial la autorización administrativa, aprobación

del proyecto de ejecución, y declaración en concreto

de utilidad pública acompañando relación de

propietarios y organismos públicos afectados.

Segundo.-Consta en el expediente Resolución de

informe ambiental favorable, emitido con fecha 9

de enero de 2001, por la Delegación Provincial de

la Consejería de Medio Ambiente de Granada.

Tercero.-De acuerdo con el artículo 53 de la Ley

54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico,

y del artículo 17 del Decreto de 26 de abril de

1957, por el que se aprueba el Reglamento de la

Ley de Expropiación Forzosa, se sometió el

expediente a información pública, insertándose anuncios

en el "Boletín Oficial del Estado" número 252, de

20 de octubre de 2000, "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 115, de 5 de octubre de

2000, "Boletín Oficial de la Provincia de Granada"

número 224, de 28 de septiembre de 2000 y diario

"Ideal" de Granada, de 23 de septiembre de 2000.

Asimismo, se remitieron separatas y se recabó

informe a los siguientes organismos afectados:

Ayuntamiento de Salobreña.

Delegación Provincial de Obras Públicas y

Transportes.

Confederación Hidrográfica del Sur.

Compañía Telefónica.

Imponiendo condicionados que posteriormente

fueron aceptados por la empresa peticionaria o bien

siendo aprobados por ausencia de respuesta a la

reiteración de la solicitud de condicionado e informe.

Cuarto.-Durante el período de información

pública, presentaron alegaciones los siguientes afectados:

Doña María Luisa Roca Lozada en representación

de los herederos de don Ambrosio del Valle Sáez

(parcela número 19), que solicita se desvíe el trazado

de la línea por terrenos de su propiedad, alegando

que la misma está declarada como suelo urbano

y afectado por la Unidad de Ejecución UE-16,

siendo contestada esta alegación por Compañía

Sevillana, indicando que la relación de bienes afectados

ya se ha tenido en cuenta la calificación de suelo

urbano, que el trazado proyectado es el que reúne

las mejores condiciones técnicas y que el reglamento

de líneas aéreas de alta tensión autoriza el tendido

de líneas eléctricas de alta tensión en las zonas

de reserva urbana con Plan General de Ordenación

legalmente aprobado.

Quinto.-Consta en el expediente informe técnico

de Ingeniero adscrito al Servicio de Industria,

Energía y Minas de esta Delegación Provincial de

Granada, en el que se pone de manifiesto, que efectuada

inspección sobre el terreno, la traza de la línea no

está afectada por las prohibiciones, ni limitaciones

a que se hace mención en el artículo 57 de la Ley

54/1997, del Sector Eléctrico, y en los artículos

25 y 26 del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Fundamentos de derecho

Primero.-Esta Delegación Provincial de la

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico en

Granada es competente para conceder la solicitada

aprobación del proyecto de ejecución, declaración en

concreto de utilidad pública y expropiación forzosa

de la línea en cuestión, según lo dispuesto en el

título I, artículo 13, apartado 14 del Estatuto de

Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley

Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, Decreto de

Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de

28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías,

y Decreto 244/2000, de 31 de mayo, por el que

se regula la Estructura Orgánica de la Consejería

de Empleo.

Segundo.-La aprobación de las instalaciones

eléctricas está regulada por el artículo 11 del Decreto

2617/1966, en vigor, en virtud de la disposición

transitoria primera de la Ley 54/1997, de 27 de

noviembre, del Sector Eléctrico.

La aprobación del proyecto de ejecución de

instalaciones eléctricas está regulado por el artículo

14 del Decreto 2617/1966.

De conformidad con lo establecido en el artículo

54 de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, la

declaración de utilidad pública llevará implícita en todo

caso la necesidad de ocupación de los bienes o

de adquisición de los derechos afectados e implicará

la urgente ocupación a los efectos del artículo 52

de la Ley de Expropiación Forzosa.

Vistos los preceptos legales citados y demás de

general aplicación, esta Delegación Provincial de

Empleo y Desarrollo Tecnológico, resuelve:

Primero.-Autorizar la instalación cuyas

características principales son las siguientes:

Peticionario: "Compañía Sevillana de Electricidad

I, Sociedad Anónima".

Características: Línea aérea de MT a 20 kV de

2.570 m, con origen en tramo LAMT Santa Isabel

y final en Salomar 2000, conductor Al-Ac de 125,10

mm2, aislamiento por cadenas de 3 elementos

U40BS y apoyos metálicos galvanizados, situada en

el término municipal de Salobreña.

Presupuesto: 10.775.714 pesetas.

Finalidad: Mejorar la calidad del servicio de la

zona.

Segundo.-Aprobar el proyecto de ejecución de

la mencionada línea.

Tercero.-Declarar en concreto la utilidad pública

de la citada línea, que lleva implícita la necesidad

de ocupación de los bienes o de adquisición de

derechos e implica la urgente ocupación a los efectos

del artículo 54 de la Ley 54/1997 del Sector

Eléctrico y del artículo 52 de la Ley de Expropiación

Forzosa.

Cuarto.-Acordar la imposición de servidumbres

y limitaciones de dominio de los bienes que se

relacionan en la relación de propietarios afectados del

anexo a esta Resolución, a los efectos del

artículo 56 de la Ley 54/1997.

Contra la presente Resolución, que no pone fin

a la vía administrativa, se podrá interponer recurso

de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de

Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de

un mes, a contar desde el día siguiente al de su

notificación o a partir de la última de las

publicaciones de la presente Resolución, de conformidad

con lo establecido en los artículos 114 y 115 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Pro

cedimiento Administrativo Común, modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Granada, 18 de mayo de 2001.-El Delegado

Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico,

Mariano Gutiérrez Terrón.-43.022.

Anexo

Relación de propietarios afectados

Datos proyecto Datos catastro

Parcela

proy. Apoyo

Sup.

Apoyo

(m2)

Vuelo

(m)

Sup.

afectada

por el

vuelo

(m2)

Polígono Parcela

Propietario NaturalezaTérmino

municipal Paraje

Salobreña. Sotillos. 3 1(1/2) 0,50 36 508 7 132 José Pérez Medina, c/ Puerta de la Villa, 5,

Salobreña.

Labor riego.

Salobreña. Sotillos. 4 1(1/2) 0,50 102 1.444 7 144 Sacramento Utrabo Vallejo, c/ Rosario, 7, Engera

(Valencia).

Fruta tropical.

Salobreña. Sotillos. 9 2(1/2) 0,50 32 453 7 141 Juan Antonio Moreno Sánchez, c/ Los Hornos,

9, Vélez Benaudalla.

Labor riego.

Salobreña. Sotillos. 11 - - 25 354 18 160 Soledad Martín Cobo, c/ Aire Alta, 10, Granada. Labor riego.

Salobreña. Sotillos. 12 - - 12 170 18 161 Elvira Ramón Collado, c/ Luna de Oriente, 2,

Salobreña.

Caña de azúcar.

Salobreña. Sotillos. 13 - - 44 623 18 162 Francisco Vinuesa Antequera, c/ Miraflores, 5,

Salobreña.

Caña de azúcar.

Salobreña. Fuente Rioseco. 14 - - 16 227 18 163 Francisco Navas Estévez, c/ Carmen, 15,

Salobreña.

Labor riego.

Salobreña. Fuente Rioseco. 19 13 y 14 2 215 3.044 1 84499 Hrdos. de don Ambrosio del Valle Sáenz, c/ Real

Alambra, 42, Cármenes (Granada).

Solar urbano.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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