Don Antonio Gómez González, Notario del Ilustre
Colegio Notarial de Cataluña,
Hago saber que: Por mandato del Juzgado de
Primera Instancia número 6 de Sabadell, en fecha
de 23 de mayo de 2001, y en ejecución de sentencia
firme, dictada en el juicio ejecutivo número 88/2000,
instado por don Miguel Más Trulla, contra don José
Estradera Lucena y doña Lourdes Díaz Hernández,
se me ha ordenado que proceda a la venta judicial,
mediante pública subasta, con publicación en el
"Boletín Oficial del Estado" y en un periódico de la
localidad, al precio tipo de 9.292 pesetas, que resulta
del Balance de situación, cada una de las
participaciones números 1 a 1.140, ambos inclusive, de
la mercantil "Septradera, Sociedad Limitada",
propiedad de los citados don José Estradera Lucena
y de doña Lourdes Díaz Hernández.
Dicha venta judicial tendrá lugar en primera
subasta el día 13 de septiembre de 2001 en mi
despacho, sito en Sabadell (Barcelona), en la calle
del Sol, número 1, piso 2.o, 1.a, a las nueve horas,
sirviendo como tipo de base el de 9.292 pesetas
para cada participación.
Para el caso de que no hubiera postura admisible
en la primera subasta se celebrará la segunda subasta
el día 4 de octubre de 2001, en mi despacho, a
las nueve horas, con una rebaja del 25 por 100
del tipo base.
Si tampoco hubiera postura admisible en esta
segunda subasta se celebrará una tercera subasta
el día 25 de octubre de 2001, sin sujeción de tipo.
Desde el anuncio de las subastas hasta su
celebración (que habrán de transcurrir, como mínimo,
veinte días desde su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" y en "La Vanguardia") podrán los
interesados hacer posturas por escrito en pliego
cerrado, depositando en mi despacho, mediante
cheque bancario, el 20 por 100 del valor fijado como
tipo para la subasta, que serán abiertos en el acto
del remate.
Los licitadores, para tomar parte en la subasta,
deberán consignar en mi despacho, mediante cheque
bancario, el 20 por 100 del valor fijado como de
subasta.
Se hace saber que en la primera y segunda
subastas no se admitirán posturas que no cubran las dos
terceras partes del tipo de aquéllas.
Y para general conocimiento se expide el presente
en Sabadell a 16 de julio de 2001.-42.023.
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