Visto el expediente incoado en la Dependencia
del Área de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno en Córdoba y en el Área de Industria
y Energía en Badajoz de la Delegación del Gobierno
en Extremadura, a instancia de "Compañía Sevillana
de Electricidad, Sociedad Anónima", con domicilio
en Sevilla, avenida de la Borbolla, número 5,
solicitando la autorización administrativa de
modificaciones en la línea antes indicada;
Resultando que sometida a información pública
la solicitud de "Compañía Sevillana de Electricidad,
Sociedad Anónima", de conformidad con lo previsto
en el artículo 9 del Decreto 2617/1966, de 20 de
octubre, sobre autorización de instalación eléctricas,
normativa que resulta de aplicación en virtud de
lo establecido en la disposición transitoria primera
de la ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico, durante el plazo reglamentario no se han
presentado alegaciones ni oposición a la
autorización solicitada;
Resultando que por los Ayuntamientos por cuyos
términos municipales discurre el trazado de la línea
en la que se pretende efectuar modificaciones se
informa que el anuncio de información pública ha
sido expuesto en sus respectivos tablones de
anuncios, no manifestándose que se haya presentado
alguna reclamación o alegación;
Resultando que en la modificación para la que
se solicita autorización administrativa no se modifica
la ubicación de los apoyos ni, por tanto, la
servidumbre de paso ya establecida;
Vistos los informes favorables emitidos por la
Dependencia del Área de Industria y Energía de
la Subdelegación del Gobierno en Córdoba y por
el Área de Industria y Energía de Badajoz de la
Delegación del Gobierno en Extremadura;
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto autorizar a "Compañía Sevillana
de Electricidad, Sociedad Anónima",
modificaciones en la línea eléctrica aérea a 66 kV
"Peñarroya-Azuaga", en las provincia de Córdoba y Badajoz,
cuyas características principales son las siguientes:
Origen: Apoyo número 4.
Finca: Apoyo número 194 (entronque con la línea
"Llerena-Azuaga").
Longitud: 35,505 kilómetros, de los cuales 27,670
kilómetros corresponden a la provincia de Córdoba
y 11,835 kilómetros a la provincia de Badajoz.
Términos municipales afectados: Fuente Obejuna
y Peñarroya-Pueblonuevo en Córdoba y Granja de
Torrehermosa y Azuaga, en Badajoz.
Número de circuitos: Uno, trifásico.
Conductores: Sustitución del actual conductor
Aldreya de 90,3 milímetros cuadrados en sección
por otro de aleación de aluminio del tipo D-110
de 117 milímetros cuadrados.
Aislamiento: Sustitución de los aisladores de
porcelana tipo Norden por cadenas de aisladores de
vidrio templado U70-BS, formadas por seis
elementos en los apoyos de amarre y cinco en los de
alineación.
Apoyos metálicos de celosía. Se recrecerán los
apoyos números 14, 19, 21, 44, 48, 52, 61, 65,
70, 82, 96, 102, 105, 108, 110, 117, 126, 132,
139, 141, 175, 178 y 191, y se prolongarán las
crucetas de los apoyos números 79 y 147. La
finaldiad de las modificaciones es mejorar la calidad
del servicio y evitar pérdidas de energía en la línea.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el excelentísimo señor
Secretario de Estado de Economía, de la Energía y de
la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un
mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de
a Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y
Funcionamiento de la Administración General del
Estado.
Madrid, 16 de noviembre de 2000.-La Directora
general, Carmen Becerril Martínez.-41.531.
Dependencia del Área de Industria y Energía,
Subdelegación del Gobierno en Córdoba, Área de
Industria y Energía, Delegación del Gobierno en
Extremadura. Badajoz.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid