Por Resolución de 24 de julio de 2001, de la
Delegación Provincial de Lugo, a los efectos
previstos en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre,
de Evaluación de Impacto Ambiental para Galicia;
Decreto 327/1991, de 4 de octubre, de Evaluación
de Efectos Ambientales para Galicia; la Ley
54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico;
el Decreto 2617/1966, sobre autorización de
instalaciones eléctricas; artículo 25 de la Ley 10/1995,
de Ordenación del Territorio de Galicia, y Decreto
205/1995, por el que se regula el aprovechamiento
de la energía eólica en la Comunidad Autónoma
de Galicia, se ha sometido a información pública
la solicitud de la empresa "Eurovento, Sociedad
Limitada", unipersonal, para el estudio ambiental,
autorización administrativa, aprobación del
proyecto de ejecución y del proyecto sectorial de las
instalaciones que comprende el proyecto de parque
eólico de Rioboo, con las siguientes características:
Peticionario: "Eurovento, Sociedad Limitada",
calle Varsovia, 4 C, quinta planta, Área Central,
15707 Santiago de Compostela.
Situación: Ayuntamientos de Viveiro, Xove y O
Valadouro (Lugo).
Emplazamiento (coordenadas poligonales en
unidades UTM):
V1 (0.623.000,00; 4.831.000,00).
V2 (0.620.000,00; 4.831.000,00).
V3 (0.620.000,00; 4.828.800,00).
V4 (0.619.500,00; 4.828.800,00).
V5 (0.619.500,00; 4.827.100,00).
V6 (0.622.000,00; 4.827.100,00).
V7 (0.622.000,00; 4.828.800,00).
V8 (0.623.000,00; 4.828.800,00).
Características técnicas del parque eólico:
Número de aerogeneradores: 16.
Potencia nominal unitaria: 1.300 kW.
Potencia total instalada: 20,8 MW.
Tipo de aerogenerador: Bazán-Bonus 1,3 MW.
Producción neta anual estimada: 54.400 MWh/
año.
Presupuesto total: 2.579.220.191 pesetas.
Características técnicas de la infraestructura
eléctrica de generación, transformación e interconexión:
Dieciséis aerogeneradores tipo Bazán-Bonus 1,3
MW de 1.300 kW de potencia nominal unitaria.
Dieciséis centros de transformación de 1.600 kVA
de potencia nominal unitaria y relación de
transformación 0,69/30 kV, instalados unitariamente en
interior de torre de aerogenerador con su
correspondiente aparamenta de seccionamiento, maniobra
y protección.
Líneas de media tensión subterráneas para
evacuación de energía a 30 kV, de interconexión entre
centros de transformación y subestación
transformadora 30/132 kV del vecino parque eólico de Buio.
Lo que se hace público para conocimiento general,
para que se pueda examinar el proyecto y presentar
objeciones o alegaciones al mismo, en el plazo de
treinta días, contados a partir del día siguiente a
la última publicación de este anuncio, en esta
Delegación Provincial sita en Edificio Administrativo,
ronda da Muralla, 70, 27071 Lugo.
Asimismo, el estudio ambiental correspondiente
a las instalaciones del parque eólico de Rioboo se
podrá examinar en las Dependencias de la Dirección
General de Industria, Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental, Delegación Provincial de
la Consejería de Industria y Comercio en Lugo,
Delegación Provincial de la Consejería de Medio
Ambiente en Lugo y Ayuntamientos de Viveiro,
Xove y O Valadouro (Lugo), pudiendo presentarse
cuantas alegaciones se considere pertinentes ante
la Delegación Provincial de la Consejería de
Industria y Comercio de Lugo, dentro del mismo plazo
señalado en el párrafo anterior. Finalizado dicho
plazo, el expediente, junto con las alegaciones
recibidas, se remitirán a la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental.
Lugo, 24 de julio de 2001.-El Delegado
provincial, Jesús Bendaña Suárez.-&42.654.
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