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Documento BOE-B-2001-184165

Orden de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, de 27 de julio de 2001, relativa a la interrupción del cómputo de los plazos previstos legalmente para la resolución de los expedientes cuyo conocimiento corresponda a la Comisión de Urbanismo de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 2 de agosto de 2001, páginas 8782 a 8782 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-B-2001-184165

TEXTO

En sesión celebrada el día 26 de julio de 2001,

la Comisión de Urbanismo de Madrid adoptó, entre

otros, acuerdo por el que decidió suspender sus

sesiones desde el día 16 de agosto de 2001, fecha

de la próxima sesión de la Comisión prevista para

el mes de agosto, hasta el día de celebración de

la siguiente sesión ordinaria de la misma. Asimismo,

acordó informar favorablemente, a los efectos

previstos por el artículo 9.2 del Decreto de Madrid

69/1983, de 30 de junio, la propuesta relativa a

la interrupción del cómputo de los plazos previstos

en la legislación vigente para la resolucióin de los

expedientes cuyo conocimiento corresponda a la

Comisión de Urbanismo de Madrid, durante todo

el mes de agosto, así como durante el resto del

período en que se encuentren suspendidas las

sesiones de dicho órgano colegiado, y elevar la misma

al excelentísimo señor Consejero de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes para que resolviese en

el sentido expresado.

Tal acuerdo se adoptó con base en lo preceptuado

por el artículo 22 del Decreto de Madrid 68/1983,

de 30 de junio, por el que se crea la Comisión

de Urbanismo y Medio Ambiente de Madrid (hoy

Comisión de Urbanismo de Madrid), y se aprueba

su Reglamento de Organización y Funcionamiento,

que atribuye al Consejero de Ordenación del

Territorio, Medio Ambiente y Vivienda (hoy Consejero

de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes) la

competencia para descontar, del cómputo de los

plazos previstos por la vigente legislación para la

resolución de los expedientes cuyo conocimiento

competa a la Comisión de Urbanismo, el tiempo

en que se suspendan las sesiones de dicha Comisión

y, en todo caso, el mes de agosto de cada año,

previa aprobación, en ambos supuestos, mediante

Orden de dicho órgano y sin perjuicio de que,

durante dicho período, puedan adoptarse los acuerdos

que se estimen oportunos.

Asimismo, el citado artículo prevé la publicación

de la citada Orden, tanto en el "Boletín Oficial del

Estado" como en el "Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid".

A la vista de lo espuesto, esta Consejería de Obras

Públicas, Urbanismo y Transportes, en uso de las

competencias que tiene atribuidas, ha resuelto:

Primero.-En el cómputo de los plazos previstos

en la legislación vigente para la resolución de los

expedientes cuyo conocimiento competa a la

Comisión de Urbanismo de Madrid, se descontará el mes

de agosto y el período que medie desde el último

día de este mes hasta el día de la celebración de

la siguiente sesión ordinaria de dicho órgano

colegiado, momento hasta el cual han quedado

suspendidas las sesiones de la Comisión, sin perjuicio de

que, durante dicho período, puedan adoptarse los

acuerdos que se estimen oportunos.

Segundo.-Publicar la presente Orden en el

"Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial

de la Comunidad de Madrid".

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 27 de julio de 2001.-El Consejero de

Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, Luis

Eduardo Cortés Muñoz.-&42.186.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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