Notificación a la empresa "A.M.C. Entertainment
España, Sociedad Anónima", empresa titular del
cinematógrafo "AMC Madrid-Las Rozas", salas 5,
14 y 15 de Las Rozas (Madrid), de la iniciación
de expediente de fecha 3 de julio de 2001,
correspondiente al expediente sancionador número
90/2001, por infracción de la normativa que regula
la actividad de exhibición cinematográfica, que se
hace por este medio por haberse intentado sin efecto
la notificación ordinaria del mismo al último
domicilio conocido que es, calle José Abascal, 2, 28033
Madrid.
La parte sustancial de la iniciación de expediente
reza como sigue:
Único.-No dar a conocer en taquilla la
calificación de las películas "El sabor de la traición"
(expediente número 59.801), calificada por el ICAA
como "no recomendada a menores de dieciocho
años", "Juerga de solteros" (expediente número
31.901) y "Maybe baby", (expediente número
41.001), calificadas por el ICAA como "no
recomendada a menores de trece años", salas 5, 14
y 15, respectivamente, figurando en taquilla como
única calificación las siglas "SC".
Los referidos hechos constituyen presunta
infracción a lo dispuesto en el artículo 15.1 del Real
Decreto 81/1997, de 24 de enero ("Boletín Oficial
del Estado" de 22 de febrero), por el que se
desarrolla parcialmente la Ley 17/1994, de 8 de junio,
de Protección y Fomento de la Cinematografía.
Y Podrían ser sancionados como falta leve, con
multa de hasta 3.005 euros, equivalente a 500.000
pesetas, por el ilustrísimo señor Director general
de este Instituto, conforme a lo dispuesto en la
Ley 17/1994, de 8 de junio, de Protección y
Fomento de la Cinematografía ("Boletín Oficial del Estado"
del 10), y Real Decreto 81/1997, de 24 de enero
("Boletín Oficial del Estado" de 22 de febrero), que
desarrolla parcialmente la anterior.
Asimismo, se le comunica que el plazo máximo
para resolver, en su caso, el presente expediente
y notificar la resolución adoptada será de seis meses
a partir de la fecha en que se le notifique el presente
acuerdo de iniciación del procedimiento.
El presente escrito podrá ser contestado en el
plazo improrrogable de los quince días hábiles
siguientes al de su recepción, mediante escrito
dirigido al ilustrísimo señor Director general del
Instituto de la Cinematografía de las Artes
Audiovisuales (Ministerio de Educación y Cultura, plaza
del Rey, 1, 28071 Madrid), alegando y probando
cuanto estime conveniente en su derecho. En caso
de no hacer uso de este derecho, este acuerdo será
considerado propuesta de resolución según establece
el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4
de agosto, por el que se aprueba el Reglamento
del procedimiento para el ejercicio de la potestad
sancionadora ("Boletín Oficial del Estado" del 9).
Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos
previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y Procedimiento
Administrativo Común (LRJPA), significando que el texto
íntegro de la citada iniciación de expediente y
documentación aneja se encuentra archivado en la
Secretaría General de este organismo, Sección de
Instrucción de Expedientes del Servicio de Inspección
y Sanciones, plaza del Rey, número 1, en Madrid.
Madrid, 19 de julio de 2001.-La Secretaria
general, Milagros Mendoza Andrade.-40.931.
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