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Documento BOE-B-2001-184153

Resolución del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales sobre notificación iniciación expediente 90/2001 AMC Madrid-Las Rozas, salas 5, 14 y 15 de Las Rozas (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 2 de agosto de 2001, páginas 8779 a 8779 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2001-184153

TEXTO

Notificación a la empresa "A.M.C. Entertainment

España, Sociedad Anónima", empresa titular del

cinematógrafo "AMC Madrid-Las Rozas", salas 5,

14 y 15 de Las Rozas (Madrid), de la iniciación

de expediente de fecha 3 de julio de 2001,

correspondiente al expediente sancionador número

90/2001, por infracción de la normativa que regula

la actividad de exhibición cinematográfica, que se

hace por este medio por haberse intentado sin efecto

la notificación ordinaria del mismo al último

domicilio conocido que es, calle José Abascal, 2, 28033

Madrid.

La parte sustancial de la iniciación de expediente

reza como sigue:

Único.-No dar a conocer en taquilla la

calificación de las películas "El sabor de la traición"

(expediente número 59.801), calificada por el ICAA

como "no recomendada a menores de dieciocho

años", "Juerga de solteros" (expediente número

31.901) y "Maybe baby", (expediente número

41.001), calificadas por el ICAA como "no

recomendada a menores de trece años", salas 5, 14

y 15, respectivamente, figurando en taquilla como

única calificación las siglas "SC".

Los referidos hechos constituyen presunta

infracción a lo dispuesto en el artículo 15.1 del Real

Decreto 81/1997, de 24 de enero ("Boletín Oficial

del Estado" de 22 de febrero), por el que se

desarrolla parcialmente la Ley 17/1994, de 8 de junio,

de Protección y Fomento de la Cinematografía.

Y Podrían ser sancionados como falta leve, con

multa de hasta 3.005 euros, equivalente a 500.000

pesetas, por el ilustrísimo señor Director general

de este Instituto, conforme a lo dispuesto en la

Ley 17/1994, de 8 de junio, de Protección y

Fomento de la Cinematografía ("Boletín Oficial del Estado"

del 10), y Real Decreto 81/1997, de 24 de enero

("Boletín Oficial del Estado" de 22 de febrero), que

desarrolla parcialmente la anterior.

Asimismo, se le comunica que el plazo máximo

para resolver, en su caso, el presente expediente

y notificar la resolución adoptada será de seis meses

a partir de la fecha en que se le notifique el presente

acuerdo de iniciación del procedimiento.

El presente escrito podrá ser contestado en el

plazo improrrogable de los quince días hábiles

siguientes al de su recepción, mediante escrito

dirigido al ilustrísimo señor Director general del

Instituto de la Cinematografía de las Artes

Audiovisuales (Ministerio de Educación y Cultura, plaza

del Rey, 1, 28071 Madrid), alegando y probando

cuanto estime conveniente en su derecho. En caso

de no hacer uso de este derecho, este acuerdo será

considerado propuesta de resolución según establece

el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4

de agosto, por el que se aprueba el Reglamento

del procedimiento para el ejercicio de la potestad

sancionadora ("Boletín Oficial del Estado" del 9).

Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos

previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y Procedimiento

Administrativo Común (LRJPA), significando que el texto

íntegro de la citada iniciación de expediente y

documentación aneja se encuentra archivado en la

Secretaría General de este organismo, Sección de

Instrucción de Expedientes del Servicio de Inspección

y Sanciones, plaza del Rey, número 1, en Madrid.

Madrid, 19 de julio de 2001.-La Secretaria

general, Milagros Mendoza Andrade.-40.931.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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