Notificación a doña María de la Purificación
Bonilla Orrico, de fallo dictado por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, en el expediente
R.G. 4286/00, por aplicación de lo dispuesto en
el artículo 86 del Reglamento de Procedimiento en
las reclamaciones económico-administrativas.
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a doña María de la Purificación Bonilla
Orrico que por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, y en el expediente R.G. 4286/00,
seguido a su instancia por Renta de las Personas Físicas,
se ha dictado Resolución, en sesión del día 17 de
noviembre de 2000, cuya parte dispositiva dice lo
siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en la reclamación promovida por doña
María de la Purificación Bonilla Orrico, contra actos
de retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas, acuerda declarar la
inadmisibilidad de la reclamación interpuesta por
incompetencia de este Tribunal y ordenar la remisión de
las actuaciones al Tribunal Económico
Administrativo Regional de Madrid, para su tramitación y
resolución."
Lo que notifico reglamentariamente a usted
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 14 de junio de 2001.-María de Rus
Ramos Puig.-40.580.
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