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Documento BOE-B-2001-179125

NOTARÍA DE DON ANTONIO HUERTA TRÓLEZ

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 2001, páginas 8532 a 8532 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2001-179125

TEXTO

Yo, Antonio Huerta Trólez, Notario del ilustre

Colegio de Madrid, con residencia en la misma

capital,

Hago saber: Que en mi Notaría, se sigue

procedimiento extrajudicial al amparo de lo dispuesto

en el artículo 16.2 de la Ley 28/1998, de 13 de

julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles, a

instancia de "FCE Bank PLC Sucursal en España"

y, en virtud de acta de requerimiento autorizada

ante mí, el día 20 de abril de 2001, bajo el número

1.066 de mi protocolo, se requiere de pago a don

Juan Rufino Robles Rodríguez, en paradero

desconocido, en su calidad de comprador del contrato

de financiación a comprador de automóviles número

0009780, de fecha 13 de enero de 2000, suscrito

por "FCE Bank PLC Sucursal en España", como

financiador, para la financiación de la adquisición

del vehículo "Ford Courier", número de bastidor

WFO5XXBAJ5XT42237, matrícula MA-4523-CY.

El requerimiento de pago se efectúa sobre la suma

total de un millón ochocientas veinte mil

cuatrocientas ochenta (1.820.480) pesetas, diez mil

novecientos cuarenta y uno con treinta céntimos

(10.941,31) de euros, de principal, más trescientos

cincuenta mil (350.000) pesetas, dos mil ciento tres

con cincuenta y cuatro céntimos (2.103,54) de

euros, presupuestadas para intereses y costas, sin

perjuicio de ulterior liquidación, siendo la causa del

vencimiento de la obligación el impago de más de

dos plazos de los pactados en el contrato de

financiación suscrito, conforme a lo dispuesto en el

artículo 10.2, último párrafo, de la Ley 28/1998, de

13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles.

Todo ello haciendo constar que, si el deudor no

pagara los citados importes en el plazo de tres días,

se procederá a la subasta o adjudicación notarial

de los bienes sin necesidad de nuevas notificaciones

ni requerimientos, reservándose "FCE Bank PLC

Sucursal en España" a actuar en la forma prevista

en el segundo y tercer párrafos del apartado c),

en relación al apartado e), del artículo 16.2 de la

Ley 28/1998, dejando, a disposición del requerido,

el excedente que pudiera resultar de la subasta o

adjudicación notarial.

Madrid, 12 de julio de 2001.-Antonio Huerta

Trólez, Notario del ilustre Colegio de Madrid.-40.143.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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