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Documento BOE-B-2001-179112

Orden número 1.156/01, de la Consejería de Justicia, Función Pública y Administración Local, de 22 de junio, por la que se somete a información pública, a los efectos de los artículos 17.1, 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, la relación de bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción del emisario y E.D.A.R. de Valdemorillo, en el término municipal de Valdemorillo (expediente 576).

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 2001, páginas 8528 a 8528 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-B-2001-179112

TEXTO

En uso de las atribuciones que me han sido

conferidas por las disposiciones vigente, dispongo:

Primero.-Incoar el expediente de expropiación

forzosa de los bienes y derechos afectados por

proyecto de construcción del emisario y E.D.A.R. de

Valdemorillo, en el que la entidad beneficiaria es

el Canal de Isabel II.

Segundo.-Someter a información pública durante

el plazo de quince días a los efectos previstos en

los artículos 17.1, 18 y 19 de la Ley de Expropiación

Forzosa, la relación de bienes y derechos afectados

por el mismo.

La relación de bienes y derechos afectados podrá

examinarse durante el mencionado plazo, contado

a partir del siguiente a la publicación de esta Orden

en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid",

en la División de Expropiaciones del Canal de

Isabel II, calle Santa Engracia, 108, de nueve a catorce

horas, en el Ayuntamiento de Valdemorillo.

Durante dicho período las personas afectadas por

la expropiación y cualesquiera otras interesadas

podrán formular cuantas alegaciones estimen

oportunas, mediante escrito dirigido a la Consejería de

Justicia, Función Pública y Administración Local,

Secretaría General Técnica, calle Gran Vía, 18,

28013 Madrid, y presentando en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. De igual modo, se podrán

presentar las alegaciones que tengan por fin subsanar

posibles errores en la descripción material o legal

de las fincas afectadas.

La presente publicación se hace, asimismo, a los

efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, en cuanto a posibles

afectados desconocidos o de ignorado domicilio.

Madrid, 22 de junio de 2001.-El Consejero de

Justicia, Función Pública y Administración Local,

Carlos Mayor Oreja.-41.206.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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