Visto el informe de la Dirección General de
Carreteras sobre el estudio informativo de referencia y
en uso de la competencia establecida en la
Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo
de 1996, resuelvo:
Primero.-Declarar que el expediente de
información pública cumple con lo establecido en el
artículo 3.2 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28
de junio, sobre Evaluación de Impacto Ambiental,
así como el artículo 17 del Real Decreto 1131/1988,
de 30 de septiembre, que aprueba el Reglamento
para la ejecución del mencionado Real Decreto
Legislativo.
Segundo.-Aprobar el expediente de información
pública y definitivamente el estudio
informativo EI4-CR-21, seleccionando como la solución más
favorable la denominada "Alternativa C", desde el
punto kilométrico 5 + 800 hasta el final del trazado.
Desde el punto kilométrico 0 + 000 al 5 + 800,
junto con el ramal de acceso a Puertollano, se estará
a lo indicado en la aprobación definitiva del estudio
informativo EI1-CR-23, y su documento
complementario.
Tercero.-En el proyecto de construcción que
desarrolle la solución aprobada se tendrán en cuenta
las condiciones establecidas en la Declaración de
Impacto Ambiental establecidas en la Resolución
de 4 de agosto de 2000, de la Secretaría General
de Medio Ambiente, "Boletín Oficial del Estado"
de 5 de octubre de 2000.
Toledo, 29 de junio de 2001.-El Secretario de
Estado de Infraestructuras, P. D. (Resolución de
Delegación de Atribuciones de 30 de mayo
de 1996), Benigno Blanco Rodríguez.-&39.144.
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