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La empresa "Iberdrola, Sociedad Anónima", con
domicilio social en la calle Cardenal Gardoqui, 8,
de Bilbao, ha solicitado ante la Dirección General
de Industria de la Consejería de Industria, Turismo,
Trabajo y Comunicaciones la autorización
administrativa y la declaración en concreto de utilidad
pública de la instalación eléctrica siguiente:
Línea eléctrica de 13,2 KV y centro de
transformación número 90 denominado "Retevisión".
En cumplimiento de los trámites que establecen
los Decretos 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
las normas para el otorgamiento de autorización
administrativa en materia de instalaciones eléctricas,
y 2619/1966, de 20 de octubre, por el que se aprueba
el Reglamento sobre expropiación y sanciones en
materia de instalaciones eléctricas, que continúan
en vigor de acuerdo con lo que prevé la disposición
transitoria primera de la Ley 54/1997, de 27 de
noviembre, del Sector Eléctrico, la solicitud
mencionada ha sido sometida a un período de
información pública, mediante el anuncio publicado en
el "Boletín Oficial de Cantabria" número 132, de
7 de julio de 2000; en el "Boletín Oficial del Estado"
número 231, de 26 de septiembre de 2000, y en
el periódico "Alerta" de 10 de octubre de 2000.
Paralelamente al trámite de información pública,
en cumplimiento de lo que dispone el artículo 16.2
del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, se ha
practicado la notificación individual a los titulares
afectados, para que puedan formular las alegaciones
procedentes, según lo que disponen los
artículos 25 y 26 del citado Decreto. Asimismo, de
acuerdo con lo que prevé el artículo 11 del precitado
Decreto, se solicitó informe al Ayuntamiento de
Castro Urdiales.
Dentro del plazo otorgado han presentado escritos
de alegaciones don Juan Ignacio Gómez Gómez,
en el que comunica que la finca identificada con
el número 4, polígono 25, parcela 137 del término
municipal de Castro Urdiales es de su propiedad;
don Julián Maíz García, don Eduardo Acebal García
y don Javier, doña Pilar y doña Gemma Díez
Olabarrieta exponen, todos ellos con idénticos
argumentos, su disconformidad con la instalación
prevista, así como el demérito que les ocasionará el
trazado proyectado.
Alegaciones que han sido contestadas por la
peticionaria que manifiesta su disconformidad con
dichas alegaciones, todas idénticas y con iguales
argumentos, en los que en ningún momento exponen
trazados alternativos mejorantes o cuantifican otros
perjuicios que los meramente económicos, los cuales
serán tenidos en cuenta en la concreta fase de
justiprecio, posterior a la presente. Por lo tanto, se
desestiman dichas alegaciones por carecer de
cualquier fundamento aplicable al caso.
Visto lo anteriormente expuesto, esta Dirección
General entiende que debe prosperar la motivada
argumentación expuesta por la sociedad peticionaria
y por ende no son atendibles las citadas alegaciones;
Cumplidos los trámites administrativos
establecidos en la Ley 54/1997 y en los Decretos
2617/1966 y 2619/1966, ambos de 20 de octubre,
ya citados; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y
demás normas de legal y vigente aplicación;
Visto que, de acuerdo con lo que dispone el Real
Decreto 1903/1996, de 2 de agosto, y el Decreto
99/1996, de 26 de septiembre, la competencia para
autorizar instalaciones eléctricas provinciales
corresponde a la Dirección General de Industria;
Visto el informe favorable del Servicio de Energía,
resuelvo:
Primero.-Autorizar a la empresa "Iberdrola,
Sociedad Anónima", la instalación eléctrica línea
eléctrica de 13,2 KV y centro de transformación
número 90, denominado "Retevisión", con las
características técnicas siguientes:
Línea eléctrica aérea de 13,2 KV STR La
Plana-Islares CTO8, derivación al centro de
transformación número 90, "Retevisión". Origen: Apoyo
número 48-0. Final: Apoyo número 12, centro de
transformación número 90, "Retevisión". Longitud:
1.987 metros. Material: Aluminio-acero. Sección:
54,6 milímetros cuadrados. Apoyos: Metálicos.
Centro de transformación número 90,
denominado "Retevisión":
Tipo: Intemperie. Potencia: 50 KVA. Relación de
transformación: 398-230 V. Situación: Término
municipal de Castro Urdiales.
Segundo.-Declarar la utilidad pública de la
instalación eléctrica que se autoriza, conforme a lo
dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley
54/1997, de 27 de noviembre, que llevará implícita,
en todo caso, la necesidad de ocupación o de
adquisición de los derechos afectados de los propietarios
con los que el solicitante no ha llegado a un acuerdo
e implicará su urgente ocupación a los efectos del
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de
16 de diciembre de 1954
Contra esta Resolución, que no agota la vía
administrativa, se podrá interponer recurso de alzada
ante el Consejero de Industria, Turismo, Trabajo
y Comunicaciones del Gobierno de Cantabria en
el plazo de un mes desde el día siguiente a su
notificación, de acuerdo con lo establecido en los
artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Santander, 21 de noviembre de 2000.-El Director
general de Industria, Pedro Obregón
Cagigas.-1.320.
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