En uso de las atribuciones que me han sido
conferidas por las disposiciones vigentes, dispongo:
Primero.-Incoar el expediente de expropiación
forzosa de los bienes y derechos afectados por el
proyecto de construcción del Plan Director de
Saneamiento y Depuración del 100 por 100 de los
municipios de la Comunidad de Madrid, Cuenca
del Alberche. Término municipal de Cadalso de
los Vidrios, en el que la entidad beneficiaria es el
Canal de Isabel II.
Segundo.-Someter a información pública durante
el plazo de quince días, a los efectos previstos en
los artículos 17.1, 18 y 19 de la Ley de Expropiación
Forzosa, la relación de bienes y derechos afectados
por el mismo.
La relación de bienes y derechos afectados podrá
examinarse durante el mencionado plazo, contado
a partir del siguiente a la publicación de esta Orden
en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid",
en la División de Expropiaciones del Canal de Isabel
II, calle Santa Engracia, 108, de nueve a catorce
horas, en el Ayuntamiento de Cadalso de los Vidrios.
Durante dicho período, las personas afectadas por
la expropiación y cualesquiera otras interesadas,
podrán formular cuantas alegaciones estimen
oportunas, mediante escrito dirigido a la Consejería de
Justicia, Función Pública y Administración Local,
calle Gran Vía, 18, 28013 Madrid, o bien al Canal
de Isabel II, División de Expropiaciones, calle Santa
Engracia, 108, 28003 Madrid, y presentado en la
forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999.
De igual modo, se podrán presentar las
alegaciones que tengan por fin subsanar posibles errores
en la descripción material o legal de las fincas
afectadas.
La presente publicación se hace, asimismo, a los
efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, en cuanto a posibles
afectados desconocidos o de ignorado domicilio.
Madrid, 12 de junio de 2001.-El Consejero de
Justicia, Función Pública y Administración Local,
Carlos Mayor Oreja.-38.290.
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