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Documento BOE-B-2001-146121

Resolución de la AEAT-Dependencia Regional de Recaudación de Cataluña sobre anuncio de subasta.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 19 de junio de 2001, páginas 6938 a 6939 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2001-146121

TEXTO

El Jefe de la Dependencia Regional de

Recaudación de la AEAT de Cataluña, hace saber: Que

de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146

del Reglamento General de Recaudación, aprobado

por el Real Decreto 1648/1990, de 20 de diciembre,

habiéndose dictado acuerdo con fecha 5 de junio

de 2001, decretando la venta de los bienes

embargados en procedimiento administrativo de apremio,

seguido contra el deudor "J. Espona, Sociedad

Anónima" (3) (NIF A17005232), se dispone la venta

de los bienes que se detallarán al final, mediante

subasta que se celebrará el día 19 de julio de 2001,

a las nueve treinta horas, en la Delegación de la

AEAT de Barcelona, sita en paseo Josep Carner, 33.

En cumplimiento del artículo 146 del citado

Reglamento, se publica el presente anuncio y se

advierte a las personas que deseen tomar parte en

la subasta, de lo siguiente:

Primero.-Los bienes a subastar están afectos por

las cargas y gravámenes que figuran en la descripción

de los bienes, y que constan en el expediente, las

cuales quedan subsistentes sin que pueda aplicarse

a su extinción el precio del remate.

Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación de los bienes

si se realiza el pago de la deuda, intereses y costas

del procedimiento.

Tercero.-Podrán tomar parte como licitadores en

la enajenación todas las personas que tengan la

capacidad de obrar con arreglo a derecho, no tengan

impedimento o restricción legal y se identifiquen

por medio del documento nacional de identidad

o pasaporte y con documento que justifique, en

su caso, la representación que ostente. La

representación deberá acreditarse mediante escritura

original o copia cotejada de la misma.

Los licitadores podrán envíar o presentar sus

ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de subasta

hasta una hora antes del comienzo de ésta, sin

perjuicio de que puedan participar personalmente en

la licitación con posturas superiores a la del sobre.

Dichas ofertas, que tendrán el carácter de máximas,

serán registradas en el Registro General de la

Delegación de la AEAT, y deberán ir acompañadas de

cheque conformado, extendido a favor del Tesoro

Público por el importe del depósito.

Cuarto.-Todo licitador habrá de constituir, ante

la mesa de subasta, depósito de garantía, en metálico

o cheque conformado a favor del Tesoro Público,

que será de, al menos, el 20 por 100 del tipo de

aquella, depósito que se ingresará en firme en el

Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio

del remate, sin perjuicio de las responsabilidades

en que incurrirán por los mayores perjuicios que

sobre el importe del depósito origine la inefectividad

de la adjudicación.

Quinto.-En caso de que no resulten adjudicados

los bienes en una primera licitación, la mesa de

subasta podrá realizar una segunda licitación, si lo

juzga procedente, fijando el nuevo tipo de subasta

en el 75 por 100 del importe de la primera licitación,

o bien anunciará la iniciación del trámite de

adjudicación directa que se llevará a cabo de acuerdo

con el artículo 150 del Reglamento General de

Recaudación.

Sexto.-El adjudicatario deberá entregar en el acto,

o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia

entre el depósito constituido y el precio de

adjudicación.

Séptimo.-Si quedasen bienes sin adjudicar, se

iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo

máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas

en sobre cerrado, a partir de ese momento, a la

mesa de subastas.

Para el envío de ofertas por correo se procederá

según lo dispuesto en el último párrafo del artículo

100 del Reglamento General de Contratación, en

concreto: Cuando las proposiciones se envíen por

correo, el licitador deberá justificar la fecha de

imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar

al Servicio de Subastas la remisión de la oferta

mediante fax en el mismo día. Sin la concurrencia

de ambos requisitos no será admitida la proposición

si es recibida por el Servicio de Subastas con

posterioridad a la fecha de la terminación del plazo

señalado en el anuncio.

La mesa de subasta, en sesión reservada, abrirá

las ofertas presentadas al término del plazo del mes

desde su inicio, pudiendo proceder a la adjudicación

de los bienes si alguna de ellas se considera suficiente

en ese momento. En caso contrario, se anunciará

la extensión a un mes más para presentación de

nuevas ofertas o mejora de las ya existentes, sin

perjuicio de la validez de las ofertas presentadas

hasta ese momento, y así sucesivamente con el límite

total de seis meses.

Salvo indicación expresa en sentido contrario, las

ofertas presentadas tendrán validez durante los seis

meses del trámite de la gestación directa.

El precio mínimo en adjudicación directa será

el tipo de subasta en primera licitación cuando no

se haya considerado procedente celebrar una

segunda licitación, si hubiera existido segunda licitación

no habrá precio mínimo.

Octavo.-La Agencia Tributaria se reserva el

derecho a pedir la adjudicación para el Estado del bien

que no hubiera sido objeto de remate, conforme

a lo establecido en el artículo 158 del Reglamento

General de Recaudación.

Noveno.-Cuando se trate de bienes inscribibles

en registros públicos, los licitadores se conformarán

con los títulos de propiedad que hayan aportado

al expediente, sin derecho a exigir otros, dichos

títulos estarán a disposición de los interesados en las

oficinas de la Dependencia Regional de

Recaudación de la AEAT en plaza Doctor Letamendi, 13-23,

08007 Barcelona (teléfono 291 12 00), donde

podrán ser examinados todos los días hábiles a partir

de la publicación del presente anuncio, desde las

ocho treinta a las catorce horas, hasta el día anterior

al de la celebración de la subasta. En caso de no

estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura

de adjudicación es título, mediante el cual puede

efectuarse la inmatriculación en los términos

previstos en el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria

y en los demás casos se tendrán a lo dispuesto

en el título VI de dicha Ley.

Décimo.-Todos los gastos e impuestos derivados

de la transmisión, incluidos los derivados de la

inscripción en el Registro de la Propiedad del

mandamiento de cancelación de cargas preferentes,

serán por cuenta del adjudicatario.

Respecto al estado de deudas con la comunidad

de propietarios, que pudieran existir de las viviendas

o locales, el adjudicatario exonera expresamente a

la AEAT, al amparo del artículo 9 de la Ley

49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal,

modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la

obligación de aportar certificación sobre el estado

de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del

mismo los gastos que queden pendientes de pago.

Undécimo.-El procedimiento de apremio

solamente se suspenderá en los términos y condiciones

señalados en los artículos 135 y 136 de la Ley

General Tributaria.

En todo lo no previsto en este anuncio se estará

a lo preceptuado en las disposiciones legales que

regulen el acto.

Relación que se cita:

Subasta: RI-24-01.

Expediente: "J. Espona, Sociedad Anónima" (3).

NIF: A17005232.

Fecha de la diligencia de embargo: 16 de febrero

de 1996, prorrogada por otra de 6 de abril de 2000.

Bien inmueble a subastar

Lote único: Terreno en el término de Sant Joan

de les Abadesses (Girona), partida Clot d'en

Serralta, con cabida reducida a 4.038,250 metros

cuadrados, después de las segregaciones que indican

las notas extendidas al margen de las inscripciones

primera y tercera.

Antes de tales segregaciones se describía tal como

resulta de sus inscripciones primera y segunda.

Afecta a las servidumbres de paso y de luces y vistas

objeto de sus inscripciones quinta y sexta. Finca

número 679, al tomo 221, libro 9.o de Sant Joan

de les Abadesses (Girona), folio 87 del Registro

de la Propiedad número 1 de los de Puigcerdà

(Girona).

Valoración: 112.400.000 pesetas (675.537,61

euros).

Tipo de subasta en primera licitación:

112.400.000 pesetas (675.537,61 euros).

Tipo de subasta en segunda licitación: 84.300.000

pesetas (506.653,20 euros).

Depósito (20 por 100 de la primera licitación):

22.480.000 pesetas (135.107,52 euros).

Tramos: 1.000.000 de pesetas (6.010,12 euros).

Nota: Sobre esta finca el Ayuntamiento de Sant

Joan de les Abadesses tiene iniciado un expediente

de expropiación forzosa.

Barcelona, 5 de junio de 2001.-La Jefa de la

Dependencia Regional de Recaudación, Marga

García-Valdecasas Salgado.-&32.458.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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