Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 35.2
del Reglamento de IIC, se procede a comunicar
que, a consecuencia de la entrada de "Banco
Herrero, Sociedad Anónima" en el Grupo Banco Sabadell,
se ha acordado la sustitución de la sociedad gestora
"Invercaixa Gestión, S.G.I.I.C., Sociedad Anónima"
por "BanSabadell Inversión, Sociedad Anónima",
S.G.I.I.C. y de la entidad depositaria "Banco
Herrero, Sociedad Anónima" por "Banco de Sabadell,
Sociedad Anónima", modificándose el Reglamento
de Gestión del Fondo, mediante un texto refundido
que permitirá acogerse, además, al régimen de fondo
de inversión mobiliaria subordinado, designando
como fondo de inversión mobiliaria principal a
Sabadell Deuda Euro, F.I.M.P. Como consecuencia
de ello herrero Renta Fija, F.I.M., pasará a invertir
como mínimo el 80 por 100 de su Activo en
participaciones del citado fondo principal, una vez
transformado en fondo subordinado con la
denominación Herrero Renta Fija, F.I.M.S.
El fondo principal, de renta fija a largo plazo,
invierte en valores de renta fija denominados en
euros y tiene como referencia la revalorización
esperada del índice por capitalización EFFAS, índice
de deuda pública superior a 1 año de la zona euro.
Sus inversiones se materializan en los mercados de
los países de la Unión Monetaria Europea así como
el Reino Unido, Dinamarca, Suecia, Noruega,
Grecia y Suiza, además de en otros mercados donde
también se negocien valores de renta fija en euros.
La exposición al riesgo de divisa diferente al euro
es inferior al 5 por 100. La adopción de esta nueva
estructura persigue una mayor eficiencia de las
condiciones de inversión de los partícipes. En este
sentido, únicamente se aplicará al fondo principal la
comisión del depositario del 0,1 por 100 anual sobre
el patrimonio custodiado, fijándose la comisión de
depositario de Herrero Renta Fija, F.I.M.S. en el
0,1 por 100 sobre el patrimonio custodiado.
Finalmente, para los nuevos suscriptores se
establecerá un importe de inversión mínima inicial de
600 euros. Esta última modificación no afecta a
la situación de los actuales partícipes, que mantienen
todas sus ventajas.
Como consecuencia de los cambios
mencionados, los partícipes que lo deseen pueden ejercitar,
mediante manifestación expresa y en el plazo de
un mes a partir de la fecha de publicación en el
"Boletín Oficial del Estado" o de la fecha de remisión
de las comunicaciones, si ésta fuera posterior, el
derecho de reembolso de sus participaciones sin
deducción de comisión o descuento de reembolso,
sin evitar por ello el efecto fiscal que resulte en
cada caso.
Madrid, 13 de junio de 2001.-El Presidente del
Consejo de administración de "Invercaixa Gestión,
S.G.I.I.C., Sociedad Anónima".-33.790.
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