Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 35.2
del Reglamento de IIC, se procede a comunicar
que, a consecuencia de la entrada de "Banco
Herrero, Sociedad Anónima" en el grupo Banco Sabadell,
se ha acordado la sustitución de la sociedad gestora
"Invercaixa Gestión, S.G.I.I.C., Sociedad Anónima"
por "BanSabadell Inversión, Sociedad Anónima",
S.G.I.I.C. y de la entidad depositaria "Banco
Herrero, Sociedad Anónima" por "Banco de Sabadell,
Sociedad Anónima", modificándose el Reglamento
de Gestión del fondo, mediante un texto refundido
que permitirá acogerse, además, al régimen de fondo
de inversión mobiliaria subordinado, designando
como fondo de inversión mobiliaria principal a
Sabadell Acciones Europa, F.I.M.P. Como
consecuencia de ello Herrero Bolsa 100, F.I.M., pasará
a invertir como mínimo el 80 por 100 de su Activo
en participaciones del citado fondo principal, una
vez transformado en fondo subordinado con la
denominación Herrero Bolsa 100, F.I.M.S.
El fondo principal, de renta variable
internacional, invierte en acciones cotizadas en las Bolsas
de los países de Europa pertenecientes a la O.C.D.E.
y tiene como referencia la revalorización esperada
el índice "Dow Jones Europe Stoxx 50", índice
compuesto por las 50 acciones europeas de mayor
capitalización en las bolsas de los países europeos
miembros de la O.C.D.E.
La exposición al riesgo de divisa diferente al euro
superará el 30 por 100 del patrimonio del fondo
y viene motivada por la inclusión en el fondo de
acciones de Gran Bretaña, Dinamarca, Suecia,
Noruega, Grecia y Suiza. La adopción de esta nueva
estructura persigue una mayor eficiencia de las
condiciones de inversión de los partícipes. En este
sentido, únicamente se aplicará al fondo principal la
comisión del depositario del 0,1 por 100 anual sobre
el patrimonio custodiado, fijándose la comisión de
depositario de Herrero Bolsa 100, F.I.M.S. en el
0,1 por 100 sobre el patrimonio custodiado.
Como consecuencia de los cambios
mencionados, los partícipes que lo deseen pueden ejercitar,
mediante manifestación expresa y en el plazo de
un mes a partir de la fecha de publicación en el
"Boletín Oficial del Estado" o de la fecha de remisión
de las comunicaciones, si ésta fuera posterior, el
derecho de reembolso de sus participaciones sin
deducción de comisión o descuento de reembolso,
sin evitar por ello el efecto fiscal que resulte en
cada caso.
Madrid, 13 de junio de 2001.-El Presidente del
Consejo de administración de "Invercaixa Gestión,
S.G.I.I.C., Sociedad Anónima".-33.794.
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