Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a don Joaquín García Blanco, que por el
Vocal de la Sección Quinta del Tribunal
Económico-Administrativo Central, y en el expediente
R. G. 9978-92, seguido a su instancia por el
concepto del Impuesto sobre el Valor Añadido, se ha
acordado lo siguiente:
Con fecha 17 de septiembre de 1998, la Audiencia
Nacional dictó sentencia en el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por don Joaquín
García Blanco, contra la resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Central de fecha 23 de
marzo de 1995. En su parte dispositiva estima
parcialmente el recurso y declara "ser ajustada a
Derecha la Resolución impugnada en lo que se refiere
a la extemporaneidad declarada respecto de la
liquidación y, en consecuencia, debemos confirmar y
la confirmamos en tal extremo ordenando al TEAC,
se pronuncie expresamente, previa audiencia de las
partes, sobre la devolución solicitada el 3 de enero
de 1991, sin expresa imposición de costas".
La referida sentencia se intentó recurrir en
casación por el Abogado del Estado, acordando la Sala
de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6.a, de
la Audiencia Nacional, tener por no preparado el
recurso de casación anunciado. Contra la resolución
de la Audiencia Nacional citada, se interpuso
recurso de queja ante el Tribunal Supremo, siendo
desestimado por auto dictado con fecha 25 de septiembre
de 2000, declarando firme la sentencia dictada el
17 de septiembre de 1998, por la Audiencia
Nacional. En consecuencia con lo expuesto, y de
conformidad con lo ordenado en la citada sentencia
de la Audiencia Nacional, se acuerda poner de
manifiesto en esta Vocalía 5.a, por término de quince
días hábiles, el expediente de reclamación
promovido por don Joaquín García Blanco, a fin de que
dentro del plazo citado formule las alegaciones que
estime procedentes en derecho respecto de la
devolución solicitada en 3 de enero de 1991, de
determinadas cantidades, en concepto de devolución de
IVA ingresado.
Madrid, 10 de mayo de 2001.-Alejandro Rebollo
Álvarez-Amandi.-27.025.
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