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Documento BOE-B-2001-130084

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central sobre el expediente número R.G. 7056-97; R.S. 599-00-R.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 31 de mayo de 2001, páginas 6141 a 6142 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2001-130084

TEXTO

Notificación a doña Rita Grobas Labandeira, de

fallo dictado por el Tribunal

Económico-Administrativo Central, en el expediente número R.G.

7056-97; R.S. 599-00-R, por aplicación de lo

dispuesto en el artículo 86 del Reglamento de

Procedimiento en las reclamaciones

económico-administrativas.

Al no haberse podido practicar en el domicilio

que consta en las actuaciones, por el presente se

notifica a doña Rita Grobas Labandeira que, por

el Tribunal Económico-Administrativo Central, y en

el expediente número R.G. 7056-97; R.S. 599-00-R,

por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas,

se ha dictado resolución en la sesión del día 9 de

marzo de 2001, cuya parte dispositiva dice lo

siguiente:

Este Tribunal Económico-Administrativo Central,

en Sala, visto el recurso de alzada que pende de

resolución ante este Tribunal, promovido por doña

Rita Grobas Labandeira, contra Resolución del

Tribunal Económico-Administrativo Regional de

Galicia de fecha 19 de marzo de 1997, recaída en las

reclamaciones acumuladas números 15/2889/95,

15/3609/95 y 15/4480/95, por el Impuesto sobre

la Renta de las Personas Físicas, ejercicios 1989

a 1991, acuerda desestimar el presente recurso

confirmando la resolución impugnada.

Conforme establece el artículo 20 del Reglamento

General de Recaudación, en su redacción dada por

el Real Decreto 443/1995, de 24 de marzo ("Boletín

Oficial del Estado" de 28 de marzo de 1995), el

ingreso de la deuda tributaria que se hallaba

suspendida, resultante de la liquidación a que se refiere

este fallo, deberá realizarse en los siguientes

plazos: a) Si la presente resolución se le notifica entre

los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de su

notificación hasta el día 5 del mes siguiente o del

inmediato hábil posterior. b) Si la presente resolución

se le notifica entre los días 16 y último del mes,

desde la fecha de su notificación hasta el día 20

del mes siguiente o del inmediato hábil posterior.

Lo que se notifica, significando que contra el

indicado fallo y dentro del plazo de dos meses, contados

desde el día siguiente al de la publicación del

presente anuncio podrá el interesado interponer recurso

contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional.

Madrid, 8 de mayo de 2001.-El Vocal, Conrado

Montesinos Jaén.-26.184.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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