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Documento BOE-B-2001-123058

Resolución de la Agencia de Protección de Datos sobre procedimiento sancionador PS/00132/2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23 de mayo de 2001, páginas 5841 a 5842 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2001-123058

TEXTO

Ante la acreditada imposibilidad de notificación

a la entidad "Altadata, Sociedad Limitada", en su

domicilio de calle Nueva Andalucía, número 17-B,

29600 Marbella (Málaga), y desconociéndose el

domicilio actual, procede acudir al medio de

notificación previsto en el artículo 59.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la

Ley 4/1999, de 13 de enero. En consecuencia, a

continuación se transcribe, y para que sirva de

notificación, extracto de la resolución del procedimiento

sancionador número PS/00132/2000. "El Director

de la Agencia de Protección de Datos resuelve:

Imponer a la entidad "Altadata, Sociedad Limitada",

por una infracción del artículo 6.1, en relación con

el 4.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de

diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal,

tipificada como muy grave en el artículo 44.3.d)

de dicha norma, una multa de 10.000.000 de

pesetas, de conformidad con lo establecido en el artículo

45.3 de la citada Ley Orgánica. La sanción impuesta

deberá hacerla efectiva en el plazo de pago

voluntario que señala el artículo 20 del Reglamento

Genneral de Recaudación, aprobado por Real Decreto

1684/1990, de 20 de diciembre, mediante su ingreso

en el cuenta número 0300007857 a nombre de la

Agencia de Protección de Datos abierta en la

sucursal 0301 del "Banco Bilbao Vizcaya Argentaria,

Sociedad Anónima", o en caso contrario, se

procederá a su exacción por vía de apremio. Si recibe

la notificación entre los días 1 y 15 de cada mes,

ambos inclusive, el plazo para efectuar el pago

voluntario será hasta el día 5 del mes siguiente o inmediato

hábil posterior, y si recibe la notificación entre los

días 16 y último de cada mes, ambos inclusive,

el plazo del pago será hasta el 20 del mes siguiente

o inmediato hábil posterior. Contra esta Resolución

podrá interponerse, de conformidad con lo

establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, según la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica

potestativamente, recurso de reposición ante el Director

de la Agencia de Protección de Datos en el plazo

de un mes a contar desde el día siguiente a la

notificación de esta Resolución o directamente recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en

el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de

la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el

plazo de dos meses a contar desde el día siguiente

a la notificación de este acto, según lo previsto en

el artículo 46.1 del referido texto legal.-El Director

de la Agencia de Protección de Datos, Juan Manuel

Fernández López."

Madrid, 4 de mayo de 2001.-El Secretario

general, Carlos Corbacho Pérez.-23.205.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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