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Documento BOE-B-2001-116041

Resolución de 30 de abril de 2001, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se abre información pública para estudio ambiental, autorización administrativa, declaración de utilidad pública, aprobación del proyecto de ejecución y proyecto sectorial de las instalaciones que comprende el proyecto del parque eólico de Fonsagrada, promovido por "ENDESA Cogeneración y Renovables, Sociedad Anónima" (expediente número 073-EOL).

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 15 de mayo de 2001, páginas 5510 a 5511 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-B-2001-116041

TEXTO

Por Resolución de 30 de abril de 2001, de la

Delegación Provincial de Lugo, a los efectos

previstos en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre,

de evaluación de impacto ambiental para Galicia;

Decreto 327/1991, de 4 de octubre, de evaluación

de efectos ambientales para Galicia; artículos 53

y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del

Sector Eléctrico; los Decretos 2617/1996, sobre

autorización de instalaciones eléctricas, y

2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones

en materia de instalaciones eléctricas, de aplicación

al presente expediente según lo establecido en la

disposición transitoria primera de dicha Ley, con

la disposición transitoria undécima del Real Decreto

1955/2000, artículo 25 de la Ley 10/1995, de

Ordenación del Territorio de Galicia, y Decreto 205/1995

por el que se regula el aprovechamiento de la energía

eólica en la Comunidad Autónoma de Galicia, se

ha sometido a información pública la solicitud de

la empresa "ENDESA Cogeneración y Renovables,

Sociedad Anónima", para el estudio ambiental,

autorización administrativa, declaración de utilidad

pública, que llevará consigo la urgente ocupación

de los bienes y derechos afectados, y aprobación

del proyecto de ejecución y del proyecto sectorial

de las instalaciones que comprende el proyecto del

parque eólico de Fonsagrada, con las siguientes

características:

Peticionaria: "ENDESA Cogeneración y

Renovables, Sociedad Anónima", rúa do Castiñeiriño,

12, 3.o, 15702 Santiago de Compostela.

Situación: Ayuntamientos de Fonsagrada y

Ribeira de Piquín (Lugo).

Emplazamiento (coordenadas poligonales en

unidades UTM):

V1 (0.649.395,00; 4.780.311,00).

V2 (0.651.205,00; 4.780.311,00).

V3 (0.652.329,00; 4.775.447,00).

V4 (0.652.515,00; 4.772.247,00).

V5 (0.652.501,00; 4.770.005,00).

V6 (0.651.748,00; 4.770.113,00).

V7 (0.650.445,00; 4.774.614,00).

V8 (0.649.366,00; 4.778.420,00).

Características técnicas del parque:

Número de aerogeneradores: 75.

Potencia nominal unitaria: 660 kW.

Potencia total instalada: 49,5 MW.

Tipo de aerogenerador: MADE AE-46/1.

Producción neta anual estimada: 129.393 MWh/

año.

Presupuesto total: 5.428.891.070 pesetas.

Características técnicas de la infraestructura

eléctrica de generación, transformación e interconexión:

Setenta y cinco aerogeneradores tipo MADE

AE-46/1, de 660 kW de potencia nominal unitaria.

Setenta y cinco centros de transformación de 700

kVA de potencia unitaria y relación de

transformación 0,69/30 kV, instalados unitariamente en

interior de torre de aerogenerador con su

correspondiente aparamenta de seccionamiento, maniobra

y protección.

Líneas de media tensión subterráneas para

evacuación de energía a 30 kV, de interconexión entre

centros de transformación y subestación

transformadora 30/132 kV.

Subestación transformadora 30/132 kV para

evacuación de energía producida en el parque eólico

de Fonsagrada, compuesta por dos transformadores

principales 30/132 kV, de 27/32 MVA,

ONAN/ONAF, de potencia nominal unitaria, y un

transformador para servicios auxiliares 30/0,4 kV, de 50

kVA de potencia nominal, con los correspondientes

equipos de control, seccionamiento, maniobra,

medida y protección.

Afección a fincas particulares:

Accesos, viales interiores y canalizaciones para

cableado: El área a expropiar será una franja de

12 metros, en régimen de servidumbre, en la cual

está incluido el vial con sus respectivas cunetas y

la zanja. En los casos en los que esta disposición

no sea viable, y se deba proceder a la instalación

de zanjas para cableado con trazado independiente

al de los viales, se procederá a la expropiación de

un área en servidumbre de paso, con un ancho

de 10 metros.

Cimentación de aerogeneradores: El área a

expropiar, en régimen de pleno dominio, será un área

de 15 metros por 15 metros.

Plataforma de montaje de aerogeneradores: El

área a expropiar, en régimen de pleno dominio,

será de 50 por 32 metros cuadrados.

Zona de vuelo del aerogenerador: El área a

expropiar será en régimen de servidumbre.

Subestación: El área a expropiar será en régimen

de pleno dominio.

Lo que se hace público para conocimiento general

y de los propietarios de las fincas y demás titulares

afectados que no llegaron a un acuerdo con la

entidad solicitante, y que figuran en el anexo de la

citada resolución, así como a las personas que siendo

titulares de derechos reales o intereses económicos

sobre los bienes afectados fuesen omitidos, para que

puedan examinar el proyecto y presentar sus

objeciones o alegaciones al mismo, en el plazo de treinta

días, en esta Delegación Provincial, sita en edificio

administrativo, ronda de la Muralla, 70, 27071

Lugo.

Es de significar que esta publicación se realiza

igualmente para los efectos determinados por el

artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

cuando los interesados sean desconocidos, se ignore

el lugar de notificación, o bien, intentada la

notificación, no se pudiese realizar.

Lugo, 30 de abril de 2001.-El Delegado

provincial, Jesús Bendaña Suárez.-&23.109.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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