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Documento BOE-B-2001-11071

Orden de la Dirección General de Costas, Demarcación de Costas en Cantabria, de 4 de diciembre de 2000, por la que se aprueba el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos 4.953 metros de longitud, comprendido desde el límite con el término municipal de Liendo hasta la intersección del paseo marítimo con la calle Eguilior, en el término municipal de Laredo (Cantabria). Expediente D.S.-4/10.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 12 de enero de 2001, páginas 484 a 484 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2001-11071

TEXTO

Por Orden de 4 de diciembre de 2000 la Dirección

General de Costas, por delegación del excelentísimo

señor Ministro, ha resuelto:

Primero.-Aprobar el deslinde al que se refiere

este expediente según se define en los planos que

se integran en el proyecto, y que están fechados

en noviembre de 1999, y firmados por don José

Antonio Osorio Manso, Jefe de la Demarcación

de Costas en Cantabria, en los que se define el

deslinde de los bienes de dominio público

marítimo-terrestre del tramo de costa de unos 4.953

metros de longitud, comprendido desde el límite

con el término municipal de Liendo hasta la

intersección del paseo marítimo con la calle Eguilior,

en el término municipal de Laredo (Cantabria).

Segundo.-Ordenar al Servicio de Costas de este

Departamento en Cantabria, que inicie las

actuaciones conducentes a rectificar las situaciones

jurídicas registrales contradictorias con el deslinde

aprobado.

Tercero.-Otorgar el plazo de un año para solicitar

la correspondiente concesión a aquellos titulares de

terrenos que pudieran acreditar su inclusión en

alguno de los supuestos contemplados en la disposición

transitoria primera de la Ley 22/1988, de Costas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a

la vía administrativa, los interesados en el expediente

que no sean Administraciones públicas podrán

interponer, con carácter potestativo, recurso de

reposición en el plazo de un mes ante el excelentísimo

señor Ministro de Medio Ambiente o, directamente,

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos meses, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Las Administraciones públicas podrán interponer

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos meses, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio

de poder efectuar el requerimiento previo en la

forma y plazo determinados en el artículo 44 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente

a la práctica de la publicación del presente anuncio.

Lo que se hace público mediante el presente

edicto, que surte los efectos a que se refiere el

artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en su nuevo texto

modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, respecto

a la notificación de los interesados en el expediente

(que aparecen relacionados en los edictos

publicados en los tablones de anuncios de los

Ayuntamientos en que consta su último domicilio conocido,

así como en el de la Demarcación de Costas en

Cantabria), así como de todos aquellos que puedan

tener igual condición, de acuerdo con lo recogido

en el artículo 31 de la citada Ley 30/1992.

Santander, 22 de diciembre de 2000.-El Jefe de

la Demarcación, José Antonio Osorio Manso.-369.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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