Notificación a "Comercial Martí, Sociedad
Anónima", de fallo dictado por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, en el expediente
RG 2121/97, por aplicación de lo dispuesto en el
artículo 86 del Reglamento de Procedimiento en
las Reclamaciones Económico-Administrativas.
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a "Comercial Martí, Sociedad Anónima"
que por el Tribunal Económico-Administrativo
Central, y en el expediente RG 2121/97, seguido a su
instancia por Renta de las Personas Físicas, se ha
dictado resolución en sesión del día 17 de noviembre
de 2000, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, visto el recurso de alzada interpuesto por
"Comercial Martí, Sociedad Anónima", y en su
nombre y representación, don Magín Pont Mestre,
contra resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Cataluña, de fecha 6 de
noviembre de 1996, recaída en reclamación
número 9342//93, referente a retenciones a cuenta del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
ejercicios 1988 a 1991, acuerda:
1. Estimar en parte la reclamación, anulando
la sanción impuesta.
2. Confirmar en los demás extremos la
resolución recurrida y el acto impugnado."
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses, a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 19 de diciembre de 2000.-María de Rus
Ramos Puig.-334.
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