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Documento BOE-B-2001-110096

Orden número 471/01, de la Consejería de Justicia, Función Pública y Administración Local, de 6 de abril, por la que se somete a información pública, a los efectos de los artículos 17.1, 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, la relación de bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción del colector en Valdilecha (expediente 585), en el término municipal de Valdilecha.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 8 de mayo de 2001, páginas 5286 a 5286 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-B-2001-110096

TEXTO

En uso de las atribuciones que me han sido

conferidas por las disposiciones vigentes, dispongo:

Primero.-Incoar el expediente de expropiación

forzosa de los bienes y derechos afectados por el

proyecto de construcción del colector en Valdilecha

(expediente 585), en el término municipal de

Valdilecha, en el que la entidad beneficiaria es el Canal

de Isabel II.

Segundo.-Someter a información pública durante

el plazo de quince días, a los efectos previstos en

los artículos 17.1, 18 y 19 de la Ley de Expropiación

Forzosa, la relación de bienes y derechos afectados

por el mismo.

La relación de bienes y derechos afectados podrá

examinarse durante el mencionado plazo, contado

a partir del siguiente a la publicación de esta Orden

en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid",

en la División de Expropiaciones del Canal de

Isabel II, calle Santa Engracia, 108, de nueve a catorce

horas, y en el Ayuntamiento de Valdilecha.

Durante dicho período, las personas afectadas por

la expropiación y cualesquiera otras interesadas

podrán formular cuantas alegaciones estimen

oportunas, mediante escrito dirigido a la Consejería de

Justicia, Función Pública y Administración Local,

Secretaría General Técnica, Gran Vía, 18, 28013

Madrid, y presentando en la forma establecida en

el artículo 38.4 de la Ley 39/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común. De igual modo, se podrán presentar las

alegaciones que tengan por fin subsanar posibles

errores en la descripción material o legal de las

fincas afectadas.

La presente publicación se hace, asimismo, a los

efectos previstos en el artículo 59.4 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en cuanto a

posibles afectados desconocidos o de ignorado

domicilio.

Madrid, 10 de abril de 2001.-El Consejero de

Justicia, Función Pública y Administración Local,

Carlos Mayor Oreja.-&20.969.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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