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Documento BOE-B-2001-100074

ILUSTRE COLEGIO TERRITORIAL DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE SEVILLA Y HUELVA

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 26 de abril de 2001, páginas 4954 a 4954 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2001-100074

TEXTO

En el expediente tramitado por el Tribunal de

Defensa de la Competencia con el número 481/99

(1713/97 del Servicio de Defensa de la

Competencia), seguido por denuncia de don Francisco

Javier de Cea García, contra el Colegio de

Administradores de Fincas de Sevilla y Huelva, por

prácticas contrarias a la Ley de Defensa de la

Competencia, se ha dictado Resolución con fecha 14

de diciembre de 2000, cuya parte dispositiva dice:

"1. Declarar acreditada la realización de una

conducta restrictiva de la competencia, prohibida

por el artículo 1 de la Ley 16/1989, de Defensa

de competencia, por parte del Colegio de

Administradores de Fincas de Sevilla y Huelva,

consistente en el mantenimiento en sus Estatutos de

cláusulas limitativas de la libertad de honorarios y de

la libertad de publicidad de sus miembros.

2. Imponer al Colegio de Administradores de

Fincas de Sevilla y Huelva, como autora de esta

conducta la multa de 25.000.000 de pesetas.

3. Intimar al Colegio de Administradores de

Fincas de Sevilla y Huelva a que cesen en la

conducta que se ha declarado prohibida y a que se

abstenga de realizarlas en el futuro, procediendo

en el plazo de tres meses, a contar desde la

notificación de esta Resolución, a la reforma de sus

Estatutos de forma que respeten la Ley de Defensa

de la Competencia. Esta reforma se justificará ante

el Servicio de Defensa de la Competencia. En caso

de incumplimiento, se le impondrá una multa

coercitiva de 50.000 pesetas por cada día de retraso

en el envío.

4. Ordenar al Colegio de Administradores de

Fincas de Sevilla y Huelva que, en el plazo de un

mes, a contar desde la notificación de esta

Resolución, dé traslado de la misma a todos sus

asociados, debiendo justificar dicho traslado al Servicio

de Defensa de la Competencia. En caso de

incumplimiento, se le impodrá una multa coercitiva de

50.000 pesetas por cada día de retraso en el envío.

5. Ordenar al Colegio de Administradores de

Fincas de Sevilla y Huelva la publicación a su costa,

en el plazo de dos meses, a contar desde la

notificación de esta Resolución, de la parte dispositiva

de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado"

y en las páginas de información económica de un

diario de información general que tenga difusión

en las provincias de Sevilla y Huelva, debiendo

justificar esta publicación ante el Servicio de Defensa

de la Competencia. En caso de incumplimiento,

se le impodrá una multa coercitiva de 50.000 pesetas

por cada día de retraso en la publicación."

Este acuerdo del Tribunal de Defensa de la

Competencia no es firme, habiendo sido recurrido en

vía contencioso-administrativa.

Sevilla, 20 de abril de 2001.-El Secretario del

Ilustre Colegio, Juan Antonio Fernández

Medina.-19.059.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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